¿Cómo ocurrieron los hechos?
Fue en la madrugada del 3 de febrero de 2019 cuando el imputado, Michael Brian Fernández Aros, se enfrentó a golpes con la víctima, Juan Luis Ascencio Manzor, en las afueras de un domicilio ubicado en calle Torrealba de la comuna de San Javier. En dicho contexto, Fernández Aros utilizó un cuchillo tipo navaja con el cual apuñaló en el tórax a Ascencio Manzor. Tras ello, el mismo acusado le quitó el cuchillo que portaba la víctima lo volvió a lesionar en la zona del abdomen y la espalda. Aunque fue rescatado y derivado de urgencia al hospital de San Javier, la víctima falleció debido a las graves lesiones, entre ellas, una lesión penetrante cardiaca que le causó un hemo pericaridio y hermotórax bilateral masivo.
¿Cuál fue la versión del acusado?
En su declaración voluntaria ante el tribunal, el imputado reconoció haber lesionado a la víctima, pero advirtió que habría ocurrido en una supuesta defensa propia. Agregó que no habría provocado a Ascencio Manzor y que “cuando empezó a agredirme yo me defendí no más”. También dijo haber recibido dos lesiones cortantes, una de ellas, en su espalda.
¿Quiénes participaron en el juicio?
Los jueces de la segunda sala del Tribunal Oral de Linares fueron Cristian Barrientos, Wilfredo Urrutia y Mauricio Leyton. Las partes acusadoras estuvieron a cargo del fiscal jefe de San Javier, Patricio Caroca, junto al abogado querellante, Ulises Gómez; mientras que la defensa del acusado estuvo a cargo del abogado particular, Claudio Toloza. El fiscal Caroca presentó ante el tribunal numerosos antecedentes probatorios reunidos en la investigación que realizó junto a Carabineros y la PDI, los cuales permitieron que los jueces alcanzaron al convicción de culpabilidad del acusado, tras escuchar las declaraciones de testigos, personal policial y numerosos peritajes.
¿Qué decidieron los jueces?
El tribunal desestimó la hipótesis de legítima defensa y también que la condición de ebriedad de la víctima haya influido en los hechos, descartando también que se tratara de un homicidio calificado, como lo argumentó la parte querellante. A la vez, tampoco se aplicó la pena que exigió la fiscalía en su acusación.
¿Cuál fue la condena?
Los jueces declararon culpable al acusado por el delito de homicidio simple, tal como lo indicó la fiscalía en su acusación, pero optaron por delimitar la sanción en el umbral mínimo. Así la sanción fue de 10 años y un día de presidio mayor, en su grado medio, descontando los 721 días que el imputado lleva en prisión preventiva. Pero no fue lo único, porque en materia civil, se acogió la demanda por daño moral presentada por la parte querellante y se fijó una indemnización de 50 millones de pesos, descartando también compensar el daño emergente por falta de antecedentes probatorios.