¿Qué determinó la justicia?
En fallo unánime y a solicitud de la fiscalía, con oposición de la Defensoría Penal Pública, el Tribunal Oral en lo Penal de Curicó condeno a la pena única de 14 año de cárcel al acusado, Nicolás Matías Lagos Jara, como autor de dos delitos de homicidios, uno en grado de frustrado y el otro consumado, ocurridos ambos en octubre del año 2020 en esta ciudad.
¿Quiénes protagonizaron el juicio?
El juicio oral se llevó a cabo a inicios de junio en Curicó y fue protagonizado por el fiscal, Jaime Rojas, quien tuvo como contraparte al abogado, Sergio Aguilera, de la Defensoría Penal Pública. A su vez, el tribunal fue conformado por las juezas, Macarena Yáñez (presidenta), Jimena Orellana y Amelia Avendaño (redactora).
¿Cuáles son los hechos?
El tribunal, luego de conocer y analizar los antecedentes probatorios expuestos por la fiscalía, dio por establecidos los siguientes hechos: «que alrededor de las 23:30 horas del 21 de octubre de 2020, Nicolás Matías Lagos Jara, se encontraba en la Alameda Manso de Velasco de Curicó, en las inmediaciones de la Avenida del mismo nombre con calle Montt, cercano al sitio conocido como el óvalo, lugar en el que estaban varias personas compartiendo, entre ellas, Carlos Alejandro Rojas Medina y Nicolás Patricio Venegas Quijada, instantes en que se produce un altercado de palabras entre Alan López Morales y el primero de los nombrados, dirigiéndose Lagos Jara, quien acompañaba a Alan López, con un arma blanca que portaba hacia Carlos Rojas Medina, lo que motivó que Nicolás Venegas Quijada, se interpusiera entre ellos para evitar que pelearan, momentos en que Lagos Jara, le da una puñalada a Nicolás Venegas a la altura del tórax, lado izquierdo de las costillas, cayendo este al suelo gravemente herido”.
¿Qué ocurrió después?
El tribunal añade que, posteriormente, Lagos Jara «se dirige en contra Carlos Rojas Medina, a quien apuñala en más de una oportunidad en la parte superior de su espalda y en su cuello, con el arma blanca que portaba, cayendo Rojas Medina en el lugar». Añade que dichas lesiones «pudieron haber causado su muerte de no haber mediado socorros médicos oportunos y eficaces, con un tiempo de recuperación mayor a 31 días”.
¿Qué declaró el acusado?
Según consigna la sentencia, el condenado «a título de palabras finales señaló que con todo respeto a las personas presentes pide disculpas, nadie tiene derecho de quitarle la vida a otro, está arrepentido de corazón mente y espíritu pide disculpas de corazón, está arrepentido, pide disculpas a la familia y al público. Sabe que no está en posición de pedir nada pide estadía en Curicó ya que pasando condenado tiene un módulo de conducta para retomar cursos y salir pronto de acá y reintegrarse a la sociedad».
¿Qué circunstancias se consideraron para calcular la sanción?
Al respecto, el tribunal tuvo a la vista dos circunstancias atenuantes de irreprochable conducta anterior y cooperación con la investigación, pero en contraparte se consideró la reiteración de los delitos de homicidios. El razonamiento de los jueces fue el siguiente, según consigna la sentencia: «que estando en presencia de una reiteración de delitos de la misma especie, y por ser más favorable al acusado – pues sin perjuicio de concurrir dos atenuantes y de la rebaja en grado que se puede realizar en virtud de ello, la mayoría del tribunal aplicará el máximo en ambos casos, atento al mal causado – es que, se ha decidido que se le impondrá la pena correspondiente a las diversas infracciones, estimadas como un solo delito, aumentándola en un grado, como lo dispone el artículo 351 del Código Procesal Penal y considerando que concurren dos circunstancias modificatorias de responsabilidad penal, se rebajará un grado y aplicará la pena en la parte máxima, en atención a la extensión del mal causado, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 68 del Código Penal, teniendo principalmente presente, la dinámica de los hechos, en que le causó la muerte de una persona joven, de tan solo 23 años, con un hijo de tan solo tres años a esta fecha y que, además, respecto de la persona que sobrevivió, le quedaron secuelas, no sólo estéticas, sino que le ha significado una muy mala calidad de vida, debido a las lesiones que le provocó el imputado con su acción».
¿Cuánto tiempo lleva el condenado en prisión preventiva?
Según establece la sentencia, el condenado lleva 597 días en prisión preventiva, tiempo que se descontará de la condena.
¿Qué viene ahora?
Tras la sentencia, la Defensoría Penal Pública tiene plazo legal de 10 días para analizar la presentación de un recurso de nulidad.