¿Qué resolvió la justicia?
Tras acoger la acusación presentada por la fiscalía, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Curicó condenó al imputado, Miguel Alexander Muñoz Pantoja, a la pena de 9 años de presidio efectivo, en calidad de autor del delito consumado de homicidio simple. Pero no fue el único, porque también se sancionó como coautores del mismo delito a los imputados Bryan Eduardo Valenzuela Aliaga, Javier Ignacio Hernández Herrera y Luis Felipe Valenzuela Fuentes, cada uno a 7 años de presidio efectivo.
¿Cuándo y cómo ocurrieron los hechos?
El tribunal dio por establecido, a partir de los antecedentes probatorios expuestos por la fiscalía y más allá de toda duda razonable, que alrededor de las 23.00 horas del 24 de abril de 2020 “en el pasaje dos frente al Número 2543 de la Villa Primavera, en el sector Lontué, comuna de Molina, los acusados Bryan Eduardo Valenzuela Aliaga, Javier Ignacio Hernández Herrera, Luis Felipe Valenzuela Fuentes y Miguel Alexander Muñoz Pantoja, agredieron simultáneamente -con golpes de pies y puños- a la víctima, Marco González Altamirano”.
¿Qué ocurrió con la víctima?
Los jueces agregaron que la víctima “cae al suelo, quedando indefenso, continuando los acusados agrediéndolo con golpes en la zona superior del cuerpo, incluida la cabeza, utilizando, además, elementos contundentes, quienes luego huyen conjuntamente gritando ‘lo matamos’. A consecuencia de la acción de los imputados, la víctima resultó con diversas lesiones, la principal, un traumatismo cráneo encefálico y facial severo, de carácter grave, con riesgo vital, la que pese a las asistencias médicas le provocó la muerte, falleciendo el día 13 de mayo de 2020 en el hospital de emergencia de Curicó”.
¿Qué dijo la fiscalía?
La fiscal jefe de Molina, Mónica Barrientos, quien investigó los hechos y llevó el caso a juicio oral, explicó que “el tribunal dictó sentencia condenatoria por un hecho ocurrido en Lontué en abril del año pasado, condenados a penas entre 7 a 9 años de presidio mayor en su grado mínimo”.
¿Qué viene ahora?
Tras la lectura de la sentencia, ahora la Defensoría Penal Pública tiene un plazo legal de diez días para decidir si presenta o no un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Talca o la Corte Suprema. Todo ello, para probablemente pedir anular la sentencia y que se repita el juicio oral. En todo caso, antes de resolver, los tribunales superiores deben también escuchar a la fiscalía de Molina.