¿Qué penas dictaminó la justicia?
Condenas ejemplarizadoras decretaron los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Talca tras declarar culpables a seis imputados, entre ellos, un menor de edad, todos llevados a juicio por la fiscalía de esta ciudad, como responsables de un bullado caso criminal de tráfico de droga que derivó en una «quitada» entre dos grupos de traficantes que actuaron a mano armada, dejando a una persona fallecida en el sitio del suceso, esto es, en el sector de Las Tinajas en esta ciudad.
¿Quiénes son los condenados?
Se trata de los acusados Nelson Alejandro Miño Gutiérrez, Maikel Fabián Montecino Mendoza, Joaquín Patricio Recabal Recabal, Lenny
Eduardo López Vega y Alexis Toledo Méndez, junto al adolescente de iniciales N.I.C.N.
¿Cómo ocurrieron los hechos?
A partir de los antecedentes probatorios expuestos por la fiscalía, el tribunal dio por establecidos los siguientes hechos:
«Aproximadamente a las 15:30 horas del día 24 de mayo de 2022, Nelson Alejando Miño Gutiérrez, el adolescente N.I.C.N, Maikel Fabián Montecinos Mendoza, Joaquín Patricio Recabal Recabal, Lenny Eduardo López Vega, Alexis Andrés Toledo Méndez y Axl Sergio Simón Aroca Figueroa, concertados para realizar una transacción de cannabis sativa, se reunieron en el camino Las Tinajas de la comuna de Talca. Dicho encuentro, fue concertado por Lenny López Vega y el adolescente, actuando el primero, por cuenta de la parte compradora y, el segundo, por el vendedor, Nelson Miño Gutiérrez».
¿Cuál era la finalidad?
«En estas circunstancias, primero, llegó al lugar, el vehículo marca KIA Sportage, color blanco, conducido por Nelson Alejandro Miño Gutiérrez, quien llevaba, para vender 200 gramos cannabis sativa, por el que pedía $600.000 . Este acusado estaba acompañado por Maikel Fabián Montecinos Mendoza -que iba sentado en el asiento del copiloto- y el adolescente que se ubicó en el asiento, detrás del aludido Montecinos Mendoza. Después, en un automóvil marca Toyota, modelo Yaris, color gris, llegaron al lugar, Joaquín Patricio Recabal Recabal –quien conducía el vehículo-, Lenny Eduardo López Vega, Alexis Andrés Toledo Méndez y Axl Sergio Simón Aroca Figueroa, para adquirir la cantidad de droga referida», añade la sentencia.
¿Quiénes acordaron la transacción?
«Previamente, para acordar la transacción de marihuana de Nelson Alejandro Miño Gutiérrez y el encuentro, se habían contactado, por una red social y whatsapp, el adolescente –por el vendedor- y Lenny López Vega, por los compradores. Una vez en el lugar, el acusado Recabal Recabal, estacionó el Toyota Yaris que conducía, tras el automóvil KIA Sportage, y el acusado Aroca Figueroa descendió del primero y abordó el KIA, permaneciendo unos momentos en éste, luego de lo cual, regresó al automóvil en el que había llegado y, luego de unos segundos, volvió al vehículo de los vendedores, junto a Alexis Andrés Toledo Méndez, abordando el KIA Sportage, ubicándose Aroca Figueroa en el centro del asiento posterior y Toledo Méndez, detrás del chofer». detalla.
¿Allí comenzaron los disparos?
«En esas circunstancias, Alexis Andrés Toledo Méndez amenazó a Nelson Miño Gutiérrez con la pistola, marca Taurus que había sido reportada como robada, en la comuna de Curicó, exigiéndole que le entregara la droga, frente a lo cual, Miño Gutiérrez tomó la pistola marca CZ que tenía bajo su asiento y disparó hacia el asiento posterior al suyo, donde se encontraba Toledo Méndez, resultando éste con varias lesiones. A continuación, Toledo Méndez y Aroca Figueroa, descendieron del móvil y Toledo Méndez disparó hacia el adolescente, quien resultó lesionado por proyectiles balísticos. Luego de ello, Alexis Toledo Méndez, se devolvió al vehículo Toyota Yaris, al igual que Aroca Figueroa, quien no alcanzó a llegar a éste, porque cayó en la calzada de la ruta, a consecuencia de los impactos de proyectil balístico, efectuados por Nelson Miño Gutiérrez, falleciendo, instantes después, a consecuencia de dicha agresión», añade el fallo.
¿Quién fue la persona fallecida?
«Axl Sergio Simón Aroca Figueroa, a consecuencia de los impactos de proyectil balístico, resultó con varias heridas, las tranfixiantes de aorta, hígado y pulmón derecho; además, en el riñón; en la cara posterior del muslo y en el antebrazo del brazo derecho, a la altura del codo. A consecuencia de algunas de estas lesiones, Aroca Figueroa falleció, en el mismo lugar, por anemia aguda, trauma torácico y abdomen», detalle la sentencia.
¿Cuál fue la condena principal?
El tribunal declaró culpable a Nelson Alejandro Miño Gutiérrez como autor de los delitos consumados de tráfico de estupefacientes, porte ilegal de arma de fuego y homicidio de Axl Sergio Simón Aroca Figueroa y, en la misma calidad, del homicidio frustrado de Alexis Andrés Toledo Méndez. «En su calidad de autor, del delito consumado de tráfico de estupefacientes, se le impone la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo; como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego, la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo; como autor del delito de homicidio consumado, la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado mínimo y, como autor del delito frustrado de homicidio de Alexis Andrés Toledo Méndez, la pena de cinco años y un día de presidio mayor en su grado mínimo», fueron las sanciones.
¿Y los otros condenados?
–Se condenó a Alexis Andrés Toledo Méndez por la comisión del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego, la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y como autor del delito consumado de tráfico de estupefacientes, relativo a cannabis sativa la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo.
–Se condena a Lenny Eduardo López Vega, Joaquín Patricio Recabal Recabal y Maikel Fabián Montecinos Mendoza, como autores del delito consumado de tráfico de drogas, relativo a cannabis sativa, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo y multa de 12 unidades tributarias mensuales.
–Se condena al adolescente N.I.C.N. como autor del delito consumado de tráfico de estupefacientes, relativo a cannabis sativa, a la pena de tres años de liberad asistida, por lo que quedará sometido al control y orientación de un delegado y dar cumplimiento a un plan personalizado de actividades periódicas.
¿Qué viene ahora?
Tras la lectura de sentencia, los abogados defensores y la fiscalía tienen plazo legal de diez días para decidir si presentan recursos de nulidad ante tribunales superiores. El fallo fue dictado por los jueces Cecilia Díaz, Iván Villarroel y María Isabel González. En el juicio, la parte acusadora estuvo a cargo del fiscal, Marcelo Albornoz, quien tuvo como contraparte a los defensores particulares Luis Sepúlveda, Roberto Montecinos y Félix Arto.