¿Qué va a pasar?
Será una jornada intensa la que se vivirá este lunes 18 de agosto en la política chilena porque a las 23:59 horas se cumplirá el plazo que estableció el Servicio Electoral (Servel) para que los partidos o pactos políticos, así como los independientes que cuenten con la cantidad suficiente de patrocinios, declaren sus candidaturas a Presidente de la República, así como para diputados y senadores.
¿Cómo lo harán los partidos políticos?
Los partidos políticos, deben cumplir con un proceso que incluye los siguientes pasos: formalización de pactos parlamentarios a más tardar el 16 de agosto hasta las 24:00 horas y declaración de candidaturas a través de la plataforma web del Sistema de Declaración de Candidaturas a nivel nacional.
¿Qué viene después?
Tras ello, a partir del 19 de agosto se inicia el periodo para que el candidato, el partido político o los partidos integrantes del pacto, completen la carga de la documentación requerida, la cual podrá realizarse hasta las 24:00 horas del 21 de agosto.
¿Y qué pasará con los independientets?
A su vez, hasta el lunes 18 de agosto estará habilitada la plataforma para patrocinar a personas que deseen postularse como candidatos o candidatas independientes y no están asociados a ningún partido político ni integren ningún pacto electoral.
Y ese mismo día, hasta las 23:59 horas, podrán declararse las candidaturas independientes ante el Servel en miras a las elecciones de noviembre de este año.
¿Cómo se hacen los patrocinios?
Para realizar un patrocinio, las personas interesadas deben ingresar a este enlace oficial en el sitio web del Servicio Electoral para luego identificarse con su RUN, Clave Única y número de serie de su carné, seleccionar la elección correspondiente (presidencial o parlamentaria).
Después se debe escoger a la persona que desean patrocinar. El sistema enviará una clave de seguridad al correo electrónico del patrocinante. Una vez finalizado se emitirá un comprobante con los datos del patrocinio.
¿Se puede hacer en forma presencial?
La vía digital no es la única para patrocinar. Los patrocinios también pueden suscribirse de forma manual, esto es ante un notario público del territorio.
¿Cuál es el requisito común?
En ambos casos, los ciudadanos deben declarar bajo juramento o promesa, no estar afiliados a un partido político constituido o en formación, además de encontrarse habilitados para sufragar en el territorio donde declarará su candidatura el postulante a ser patrocinado.
¿Hay limitaciones para los patrocinios?
Es importante destacar que cada persona solo puede patrocinar a un candidato o candidata por elección. Los patrocinios son un requisito legal indispensable para que puedan inscribirse oficialmente como postulantes ante el Servicio Electoral.
¿Cuántos patrocinios se necesitan?
En el caso de las candidaturas presidenciales, se requiere reunir un mínimo de 35.361 patrocinios válidamente aceptados para poder inscribirse.
A su vez, para las candidaturas a cargos parlamentarios, el número mínimo de apoyos exigido corresponde al 0,5 % de los sufragios válidamente emitidos en la última elección de diputados en el distrito o circunscripción correspondiente.
¿Se fiscalizará si están correctos?
Todos serán igualmente revisados por el Servicio Electoral y objetados en caso de que exista alguna observación por parte de quien emita su patrocinio.