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Detectan cuatro instituciones públicas del Maule que contrataron a personas inhabilitadas para trabajar con menores

Según informe de la Contraloría General de la República dichos trabajadores cumplieron funciones durante 2025

¿Qué ocurrió?

La Contraloría General de la República (CGR) informó que durante el periodo 2025 se identificaron 35 casos de personas con prohibición absoluta para trabajar con menores de edad desempeñando funciones en instituciones públicas, que implican una relación directa y habitual con niños, niñas o adolescentes, incumpliendo la normativa vigente y comprometiendo la protección de derechos fundamentales.

¿Qué otro antecedente?

El informe, disponible en este enlace digital, también revela que, entre 2020 y agosto de 2025, 164 casos de personas inhabilitadas para trabajar con menores ejercieron o ejercen cargos con contacto directo y habitual con estos. En total, 72 instituciones del Estado contrataron personas inhabilitadas.

¿Qué dice la ley?

La normativa —artículos 39 bis y 39 ter del Código Penal— establece inhabilitación absoluta, perpetua o temporal para quienes han sido condenados por delitos sexuales contra menores, obligación que las instituciones deben verificar mediante el Registro General de Condenas y el Registro Seccional de Inhabilitaciones antes de cualquier contratación.

¿Qué instituciones son?

En el listado informado por Contraloría constan cuatro instituciones públicas del Maule, esto es, las municipalidades de Constitución, San Javier y Vichuquén, junto al Servicio Local de Educación (SLEP) Maule Costa.

La nómina completa es la siguiente:

• Municipalidad de El Bosque
• Municipalidad de Puyehue
• Municipalidad de Constitución
• Servicio Local de Educación Pública Maule Costa
• Corporación Cultural de La Municipalidad de Pichidegua
• Municipalidad de Nancagua
• Municipalidad de Quinta de Tilcoco
• Corp. Municipal de Educación, Salud, Cultura y Recreación de La Florida
• Municipalidad de Valdivia
• Servicio Local de Educación Pública Valdivia
• Corp. Municipal de Desarrollo Social de Ñuñoa
• Municipalidad de Los Andes
• Municipalidad de Tomé
• Municipalidad de Puerto Montt
• Municipalidad de San Pedro de La Paz
• Servicio Local de Educación Pública de Atacama
• Municipalidad de El Monte
• Municipalidad de San Pedro de Atacama
• Servicio Local de Educación Pública Costa Araucanía
Municipalidad de Vichuquén
• Municipalidad de Concepción
• Municipalidad de La Pintana
• Municipalidad de Lago Ranco
• Corporación Municipal de Deportes de La Pintana
• Municipalidad de San Javier
• Hospital Regional Libertador Bernardo O’Higgins
• Municipalidad de Illapel
• Municipalidad de Mariquina
• Municipalidad de Lumaco
• Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota
• Municipalidad de Peralillo
• Hospital Clínico Metropolitano El Carmen
• Corporación Municipal San Miguel

¿Qué instrucciones?

Ante estos antecedentes, la Contraloría instruyó a las entidades involucradas dar inmediato cumplimiento a la normativa, considerando para ello además la normativa referida a los nombramientos inhábiles que establece la ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado e iniciar los procedimientos disciplinarios correspondientes y reportar las acciones en un plazo máximo de cinco días hábiles.

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