La sobrepoblación en recintos carcelarios es una realidad preocupante. En Chile hay más de 54 mil personas privadas de libertad, de los cuales cerca de 20 mil están en prisión preventiva.
Medios de comunicación señalan que el señor ministro de justicia ha indicado que todos quienes trabajan en el sistema de justicia criminal deben considerar esta realidad al momento de ejercer sus facultades. En el caso de los fiscales, al momento de solicitar la prisión preventiva y los jueces al momento de decretarla.
Sin desmerecer la preocupación por esta realidad, es necesario puntualizar que las consideraciones que los fiscales atienden, a la hora de solicitar la prisión preventiva u otra medida cautelar, son única y exclusivamente las que la ley les impone. Y no podría ser de otra manera a la luz de lo que la Constitución Política, la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público y el mismo Código Procesal Penal señalan. Además de los criterios de actuación ordenados por el fiscal nacional. Tener en consideración otros aspectos, sería apartarnos de lo que la ley nos permite.
El planteamiento del señor ministro revela varios problemas más de fondo. Entre otros, el aumento de la criminalidad violenta que la Asociación de Fiscales ha venido hace 4 años denunciando con fuerza, a propósito de la necesidad de fortalecer al Ministerio Publico y preocuparse y ocuparse de la seguridad de los fiscales y de los operadores de justicia, cuestiones respecto de las cuales se ha hecho poco.
Francisco Bravo López
Presidente
Asociación Nacional de Fiscales