11.7 C
Talca
InicioTribunalesJusticia descartó suspender Fiesta de la Independencia pero ordenó "salvaguardar" Humedal Urbano...

Justicia descartó suspender Fiesta de la Independencia pero ordenó «salvaguardar» Humedal Urbano del Río Claro

Máximo tribunal regional acogió a trámite un recurso de protección y decretó parcialmente una "orden de no innovar"

Mapa entregado por la municipalidad de Talca a la Corte de Apelaciones en un escrito de «Téngase Presente» se observa el lugar dónde se realizará la Fiesta de la Independencia en la explanada del parque y su lejanía del río Claro.

¿Cuál fue la decisión judicial?

La primera sala de la Corte de Apelaciones de Talca acogió a tramitación un recurso de protección presentado en contra de la municipalidad de Talca y, a la vez, aceptó parcialmente decretar una «orden de no innovar» a petición del denunciante respecto al supuesto impacto ambiental de la denominada Fiesta de la Independencia en el ecosistema del humedal urbano del Río Claro y estero Piduco.

¿Qué dice la resolución judicial?

La decisión, que lleva la firma de los ministros titulares, Carlos Carrillo y Jeannette Valdés, junto a la ministra (s), Marta Asiaín, indica lo siguiente:

«A lo principal: Atendido el mérito de los antecedentes se acoge a tramitación el recurso interpuesto, pídase informe a la recurrida, Municipalidad de Talca, representada por su alcalde don Juan
Carlos, quien deberá evacuarlo dentro del plazo de 8 días, remitiendo, además, todos los antecedentes que obren en su poder sobre el asunto motivo del recurso, bajo apercibimiento de prescindir del mismo, en caso de no ser evacuado dentro del plazo concedido.

Al primer otrosí: SE ACCEDE A LA ORDEN DE NO INNOVAR, solo en cuanto se dispone que, para la realización de la actividad denominada Fiesta de las Independencia que se verificar en la explanada del Parque R o Claro, la Municipalidad de Talca deber adoptar las medidas idóneas y pertinentes a objeto de salvaguardar el HUMEDAL URBANO CAJÓN DEL RÍO CLARO Y ESTERO PIDUCO, declarado y delimitado por Resolución Exenta del Ministerio de Medioambiente de 28 de noviembre de 2024.

En lo demás, se rechaza la orden de no innovar».

¿Quién fue el recurrente?

El recurso de protección fue presentado por el abogado, Fabián Olave, en representación de la Corporación de Desarrollo Sustentable Bioecoterra, con sede en Talca.

¿Cuál es la denuncia?

La acción legal señala, en síntesis, que la municipalidad de Talca habría incurrido en un acto ilegal al no haber ingresado una solicitud ante el Servicio de Evaluación Ambiental para revisar el supuesto impacto de la Fiesta de la Independencia -que está programada para el próximo fin de semana- en el ecosistema del humedal urbano. La acción legal agrega que también la municipalidad habría actuado en forma arbitraria al aparentemente transgredir el derecho a la igualdad ante la ley y a vivir ne un medio ambiente libre de contaminación.

¿Cuál fue al solicitud?

La petición de fondo del recurrente fue que la Corte de Apelaciones de Talca es que ordene dejar sin efecto la Fiesta de la Independencia y, atendido que está programada para el próximo fin de semana, se pidió una «orden de no innovar» para suspender la actividad.

¿Cuál fue la respuesta?

El abogado, Vicente Morales, en representación de la municipalidad de Talca, presentó un extenso escrito denominado «Téngase Presente» donde pide descartar la «orden de no innovar», detallando numerosos antecedentes asociados a la denuncia, descartando que exista impacto ambiental en el humedal urbano por la Fiesta de la Independencia.

¿Cuál es el fundamento priincipal?

«Cabe hacer presente que la actividad en caso alguno se ejecutará dentro del perímetro del humedal, sino que en el parque y explanada de dominio municipal. Sobre el particular, el recurrente no realiza análisis alguno tendiente a determinar de qué manera el evento al que hace referencia se enmarca en alguna de la hipótesis que el legislador expresamente ha singularizado», indica el documento.

¿Cuál es la advertencia?

El escrito de la municipalidad señala lo siguiente:

«Si bien SSI, este acápite no dice relación con el fondo de la acción deducida, es dable que se tenga presente, que en el evento que se llagase a conceder la orden de no innovar requerida, se provocarían graves perjuicios económicos, pues como ya se ha señalado, esta actividad se encuentra próxima a su realización, existiendo en la actualidad procesos licitatorios adjudicados y contratos suscritos de distinta naturaleza, que tiene por objeto la correcta ejecución del evento. De igual manera, hay pequeños emprendedores que han hecho un gran esfuerzo e inversión para poder ofrecer sus productos a los asistentes del evento, por lo que en la medida que no se ejecute afectará gravemente su patrimonio», precisa.

¿Qué medidas preventivas se han adoptado?

«Cabe hace presente que esta Municipalidad en conjunto con la Corporación de Desarrollo, ejecutaran un completo operativo tendiente al correcto acopio y recolección de los residuos, basura y desechos que se generen en el desarrollo de la actividad a fin de resguardar precisamente el ecosistema del parque municipal como del humedal aledaño. De igual manera, existirá un amplio operativo de seguridad, que, entre otras labores, tendrán por objeto impedir que los asistentes ingresen al perímetro del humedal urbano», precisa el escrito.

¿Cuál es la conclusión por parte de la municipalidad?

«En definitiva, no advirtiéndose una acción u omisión, arbitraria y/o ilegal que vulnere las garantías constitucionales expresadas por los recurrentes, el presente recurso carece de todo sustento factico y normativo», concluye el documento.

¿Qué viene ahora?

La municipalidad de Talca deberá entregar el informe pedido por la Corte de Apelaciones de Talca, donde posteriormente se llamará a alegatos y se dictará sentencia de primera instancia, ya uqe puede ser objeto de apelación ante la Corte Suprema.

Mantente Informado
18,741FansMe gusta
8,334SeguidoresSeguir
2,501SeguidoresSeguir
1,130SuscriptoresSuscribirte
Noticias Relacionadas