¿Qué resolvió la justicia?
En sentencia unánime, los jueces de la segunda sala del Tribunal Oral de Talca decidieron absolver a la funcionaria que ejercía como administradora del CESFAM Carlos Trupp durante los años 2012 y 2015 acusada por la fiscalía como supuesta responsable del delito de malversación de fondos públicos.
¿Cómo se gestó la investigación?
El caso criminal comenzó tras una querella presentada por la municipalidad de Talca, cuyos abogados no llegaron al juicio y cuyo sumario administrativo también absolvió a la imputada. Pero la fiscalía decidió seguir adelante y llevar a cabo el juicio donde exigió una conna de 5 años y un día de cárcel.
¿Qué planteó la defensa?
El abogad, Luis Sepúlveda, defensor particular de la acusada, alegó por la absolución por falta de pruebas, lo cual fue acogido en un veredicto unánime, cuya sentencia se conocerá el 21 de abril próximo en audiencia pública.
¿Qué señala el veredicto?
En la resolución, los jueces Cristina Barrientos, Wilfredo Urrutia y Rosario Yáñez, si bien acreditan la existencia de un delito, establecen que las pruebas de la fiscalía no fueron suficientes para acreditar la supuesta culpabilidad de la acusada.
¿De qué se trata el caso criminal?
La acusación indicaba que la imputada se habría apropiado de poco más de 5 millones de pesos faltantes del dinero captado por el SAPU Carlos Trupp por atención a personas afiliadas a ISAPRE, monto que no llegó a la Tesorería de la municipalidad de Talca. Pero la versión de la defensa fue que la fiscalía solo investigó a la imputada y no a toda la cadena administrativa que manejó los fondos.
¿Qué dice la sentencia?
En cuanto a los hechos, los jueces establecen lo siguiente:
«Desde el 3 de septiembre de 2012 hasta el 31 de diciembre de 2015, la acusada se desempeñó como Administradora del CESFAM CARLOS TRUPP, de esta ciudad. En tal calidad le correspondió como parte de las funciones, recibir dineros provenientes del SAPU CARLOS TRUPP, para su posterior entrega a la Dirección Comunal de Salud de Talca. Fue así como en el período comprendido entre el 3 de enero de 2014 y el 10 de noviembre de 2015, recibió por parte de los funcionarios del aludido Servicio, un total ascendente a $8.703.060, de los cuales sólo ingresaron a arcas municipales la suma de $3.409.420; existiendo una diferencia de $5.293.640 que no fue rendida».
¿Por qué la absolución?
El razonamiento de los jueces fue el siguieinte:
«Que, en concepto de estos sentenciadores, la prueba incorporada a juicio ha sido insuficiente para dar por establecida, más allá de toda duda razonable, la participación que se le atribuye a la acusada Romero Pérez, por cuanto de los elementos incorporados a juicio y que resultaron relevante en la acreditación de los hechos, como son la auditoría interna y el peritaje criminalístico, además, de los dichos de los testigos de cargo, fluye que los dineros recaudados inicialmente por el SAPU Carlos Trupp, pasan por diversos funcionarios públicos hasta su ingreso en arcas municipales, partiendo por los administrativos del Servicio de Urgencia, luego la administración, seguidamente el encargado de su transporte y finalmente, el personal del Departamento de Finanzas de la Dirección Comunal de Salud, quienes en definitiva eran los encargados de enviar la recaudación a Tesorería Municipal; de modo tal que al no existir documentos que respalden la trayectoria de los dineros y den cuenta en particular de quienes intervinieron en ella, no resulta posible establecer inequívocamente que la sustracción del dinero faltante, se haya producido mientras estaban a cargo de la acusada Romero Pérez y menos aún que ella fuera su autora; todo ello conforme se detallará en el fallo respectivo; por lo que corresponde dictar sentencia absolutoria».
¿Qué ocurre con la acusada?
La imputada no fue destituida de su cargo por cuanto el sumario administrativo también la absolvió, pero la municipalidad no renovó su contrato y debió abandonar sus funciones, pero igualmente llegó al juicio oral a pesar de encontrarse sin medidas cautelares.
¿Qué viene ahora?
Tras la lectura de sentencia se activa un plazo legal para que la fiscalía de Talca resuelva si presenta o no un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Talca o la Corte Suprema.