El Grupo Meier, actual operador del Casino de Talca que perdió ante Dreams la licitación del permiso de operación de su casino en la capital de la región del Maule, sufrió un duro revés luego que solicitara “con urgencia” al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) que prohibirles a las empresas Dreams, Enjoy y Marina del Sol participar en nuevas licitaciones de casinos organizadas por la Superintendencia de Casinos de Juego (SCJ), mientras se resuelve la acusación de colusión presentada por la Fiscalía Nacional Económica (FNE).
La Corporación Meier presenta esta precautoria con el objetivo de impedirle a Dreams -y a las otras dos empresas requeridas- obtener permisos de operación en Chile; o, en subsidio, prohibirles financiar y garantizar financiamiento de sus postulaciones y ofertas en toda licitación con recursos provenientes de la explotación de los permisos adjudicados en los procesos licitatorios de 2020 y 2021.
¿La razón? A juicio de la Corporación Meier “se arriesga que las consecuencias del caso de colusión que ha afectado a los Procesos Licitatorios 2020 y 2021 se extiendan, artificialmente a licitaciones posteriores, perpetuando los efectos de dicha práctica anticompetitiva”.
Dreams respondió ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia solicitando ‘que la medida sea rechazada por ser improcedente, injustificada y desproporcionada’, ya que la petición del grupo peruano ‘no busca resguardar el interés común sino que obedece a un interés comercial, estratégico e individual de las solicitantes’. Además de acusar que la medida ‘provocará una afectación grave a la libre competencia’, ya que ‘la intención de las Solicitantes de excluir a Dreams y a las otras requeridas de los futuros procesos de licitación es equivalente a eliminar permanente e injustificadamente a tres competidores de la industria’.
Esto finalmente derivó en que el TDLC decretara “no ha lugar por cuanto no se han invocado antecedentes suficientes que justifiquen decretar esta medida cautelar. En particular, no se han invocado antecedentes que permitan concluir que decretar la medida sea necesario para resguardar el interés común y la medida solicitada no busca cautelar el resultado de la pretensión sancionatoria impulsada por la Fiscalía Nacional Económica”.