¿Qué dijo la justicia?
Sin votos disidentes, la primera sala del Tribunal Oral en lo Penal de Talca absolvió a un teniente y un cabo de Carabineros de Talca, tras ser ambos investigados por la fiscalía y acusados como presuntos autores de una supuesta agresión a un dirigente de un grupo de comerciantes del Centro CRECE de ta ciudad, hecho ocurrido en el contexto de un desalojo desde la calle 1 Sur.
¿Cómo comenzó el caso criminal?
La investigación comentó por querella presentada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) donde se calificaron los hechos como supuestos apremios ilegítimos, aunque la fiscalía los había calificado como lesiones contra particulares.
¿Qué estableció el tribunal?
Luego de conocer los antecedentes probatorios expuestos por la fiscalía iy los querellantes, así como la versión de la víctima, entre ellas, un video grabado por terceros, además de las pruebas aportadas por la defensa particular del imputado, quien se negó a declarar, los hechos que estableció la justicia fueron los siguientes:
«El día 20 de febrero de 2020, siendo alrededor de las 09:25 horas, José Ignacio Rodríguez Olivares, junto a otros comerciantes de la organización llamada CRECE, se encontraban realizando actividades comerciales en calle 1 Sur entre 4 y 5 Oriente de esta ciudad, lugar hasta el cual se trasladó un piquete de carabineros a cargo del teniente FELIPE SILVA BADILLO, con la finalidad de dar cumplimiento a una resolución de la Gobernación Provincial del Maule que disponía el desalojo de dicha arteria, orden que ya le había sido intimada a dichos comerciantes el día anterior. Una vez en el lugar, y comunicada nuevamente dicha resolución por Carabineros, no existió acatamiento de la misma por parte de los feriantes, iniciando los funcionarios policiales el desarme de los toldos y su incautación».
¿Qué ocurrió después?
El tribunal agregó que «en este contexto, al iniciarse el desarme del toldo en el que se encontraba RODRÍGUEZ OLIVARES, éste lo toma fuertemente intentando evitarlo, produciéndose un forcejeo con funcionarios policiales, durante el cual SILVA BADILLO procedió a tomar al primero con sus manos por la espalda desde el cuello, lanzándolo al piso y dejándolo boca abajo, instancia en la que el cabo primero de Carabineros, VÍCTOR NORAMBUENA ILABACA, procede a aplicarle una llave inmovilizadora en su cuello, siendo en tales circunstancias esposado por otro funcionario policial y detenido».
¿Qué lesiones sufrió la víctima?
Los jueces indican que «Rodríguez Olivares resultó con lesiones consistentes en excoriaciones en región escapular izquierda, codo derecho, ambas rodillas y hematoma en la cara anterior de la tibia, no complicado, de carácter leve, conforme al dato de atención de urgencia evacuado al efecto».
¿Cuál fue el razonamiento para la absolución?
«En opinión de estos jueces, los hechos del número 2 del apartado primero, no logran configurar el delito consumado de vejaciones injustas o de apremios ilegítimos, prescritos y sancionados respectivamente, en los artículos 255 y 150 D del Código Penal, en perjuicio de José Ignacio Rodríguez Olivares, ya que la prueba de cargo permite establecer que los actos ejecutados por los funcionarios públicos que revisten la calidad de acusados en este juicio, se enmarcan en la realización de un procedimiento ajustado a derecho, donde se enfrentaron a la resistencia del supuesto ofendido, unida a la oposición de los demás comerciantes de su misma agrupación, desplegada con el fin de evitar que Carabineros cumpliera el cometido que les había sido impuesto, actuando éstos en definitiva, con arreglo a los procedimientos establecidos, sin que se haya logrado acreditar, con estándar legal, la existencia de un apremio o vejamen, dotado de un grado de afectación, que no pueda entenderse proporcionado e inherente a las circunstancias que rodearon y definieron el referido procedimiento policial».
¿Quiénes firmaron la sentencia?
El veredicto fue pronunciado por los jueces Marcial Taborga Collao, quien presidió la audiencia, junto a Carolina Saavedra Morales y Luis Marcelo Sumonte Rojas. La parte acusadora estuvo a cargo del fiscal jefe de Talca, Héctor de la Fuente, junto a la abogada, Alejandra Rojas por el INDH. Los imputados fueron representados por los abogados, Joaquín García, jefe de la Defensoría Penal Pública de Talca, y el defensro particular, Óscar Muñoz, por el teniente Silva.
¿Qué viene ahora?
El 12 de septiembre próximo, el tribunal dará a conocer la sentenica completa, a partir de lo cual, la parte querellante y la fiscalía cuentan con plazo legal de diez días para presentar un posible recurso de nulidad y llevar el caso a tribunales superiores, esto es, la Corte Suprema o la Corte de Apelaciones de Talca.