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Banda criminal condenada a 61 años de cárcel por 11 homicidios frustrados

Sentencia fue decretada por los jueces del Tribunal Oral en lo Penal de Cauquenes a petición de la Fiscalía de Foco Investigativo

¿Qué determinó la justicia?

A petición de la Fiscalía de Foco Investigativo tras terminar una investigación por graves delitos de homicidios frustrados y porte ilegal de armas de fuego, el Tribunal Oral en lo Penal de Cauquenes dictó sentencia condenando a los cinco acusados que fueron declarados culpables a cumplir penas que, sumadas, acumulan un total de 61 años de cárcel efectiva.

¿Cuáles fueron los hechos investigados?

Se trató de sucesivos casos criminales de disparos y homicidios frustrados registrados entre los meses de junio y agosto de 2019 en la comuna de Parral. Las denuncias llevaron a la Fiscalía de Foco Investigativo a acumular los casos criminales y centralizar las pesquisas, logrando así identificar a los imputados y, posteriormente, formalizarlos y acusarlos por sucesivos hechos delictuales.

¿Cuál fue la sentencia?

En primer lugar, los jueces desestimaron calificar los hechos como delitos de homicidios calificados frustrados, en razón de las circunstancias de premeditación y alevosía, tal como lo formuló la fiscalía. A continuación, el tribunal recalificó los delitos como homicidios simples en grado de frustrados, dando por configurados otros delitos de porte y tenencia ilegal de armas de fuego.

¿Qué dice la sentencia?

La sentencia indica lo siguiente:

«Que, se CONDENA a LUIS ALEJANDRO LÓPEZ GUTIÉRREZ, a la pena única de 20 años de presidio mayor en su grado máximo, como autor de cuatro delitos de homicidio simple en grado de desarrollo de frustrados, y como autor de cuatro delitos de porte ilegal de arma de fuego consumado, cometidos los días 10 de junio, 29 de junio, 1 de agosto y 3 de agosto, todos del año 2019, cometidos en la comuna de Parral. La sanción corporal impuesta al enjuiciado LÓPEZ GUTIÉRREZ la cumplirá efectivamente privado de libertad, debiendo considerarse a su favor 1.065 días de abono.

Que, se CONDENA a MANUEL PATRICIO HERNÁNDEZ CERONI, a la pena única de 16 años de presidio mayor en su grado máximo, como autor de tres delitos de homicidio simple en grado de desarrollo de frustrado, y como autor de tres delitos de porte ilegal de armas de fuego consumado, cometidos los días 10 de junio, 29 de junio, y 3 de agosto, todos del año 2019, cometidos en la comuna de Parral. La sanción corporal impuesta al enjuiciado HERNÁNDEZ CERONI la cumplirá efectivamente privado de libertad, debiendo considerarse a su favor 1.065 días de abono.

Que, se CONDENA a CAMILO ALEJANDRO CABRERA BRAVO, a la pena única de 17 años y 183 días de presidio mayor en su grado máximo, como autor de dos delitos de homicidio simple en grado de desarrollo de frustrado, como autor de dos delitos de porte ilegal de
arma de fuego consumado y como autor de un delito de tenencia ilegal de
municiones, cometidos los días 1, 3 y 14 de agosto, todos del año 2019, cometidos en la comuna de Parral. La sanción corporal impuesta al enjuiciado CABRERA BRAVO la cumplirá efectivamente privado de libertad, debiendo considerarse a su favor 1.065 días de abono.

Que, se CONDENA a DAVID ANTONIO MARTÍNEZ VÁSQUEZ, a la pena de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, como autor del delito de homicidio simple frustrado, a la pena de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de porte ilegal de armas de fuego consumado, cometido el día 31 de julio de 2019 en la comuna de Parral. La sanción corporal impuesta al enjuiciado MARTÍNEZ VÁSQUEZ la cumplirá efectivamente privado de libertad, no habiendo abonos que computar.

Que, se CONDENA a A. Y. N., a la pena mixta de ochocientos treinta y siete días de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social, continuando con ochocientos días de libertad asistida especial, como autor de un delito de homicidio simple frustrado, y como autor de un delito de porte ilegal de armas de fuego consumado, cometidos el día 10 de junio de 2019 en la comuna de Parraldebiendo considerarse a su favor 496 días de abono.

¿Quién firmó la condena?

El fallo fue pronunciada por los jueces de la sala única del Tribunal de Juicio Oral en lo
Penal de Cauquenes, Gabriel Ortiz, quien presidió la audiencia, Iván Villarroel y Rodrigo Barrera. La parte acusadora estuvo a cargo del fiscal, Carlos Altermatt, quien tuvo como contraparte a abogados defensores privados.

¿Qué viene ahora?

Tras la lectura de sentencia, los abogados defensores tienen plazo legal de diez días para presentar un recurso de nulidad y, según las causales legales, pueden acudir ante la Corte Suprema o la Corte de Apelaciones de Talca.

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