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Calculan en 29 mil los derechos de agua que tiene la agricultura familiar

Esta cifra representa un piso al que se pueden sumar más personas, tal como muestran los resultados de un estudio

¿Cuál es el contexto?

La Ley N°21.435, publicada el 6 abril de 2022, modificó el Código de Aguas y estableció que los derechos de aguas de agricultores familiares campesinos usuarios de INDAP, otorgados por la autoridad competente y que a la fecha de publicada la ley no estén inscritos en Conservador de Bienes Raíces (CBR), tienen un plazo de 5 años (hasta el 6 de abril de 2027) para generar dicha inscripción, de otra manera caducarán. Así también, se generó plazo un perentorio de 5 años desde la entrada en vigencia de la Ley para que los usuarios de aguas inicien los procesos de Regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, vía 2° y/o 5° transitorios.

¿Cuá es la principal finalidad?

La misma Ley mandató al INDAP a velar por la difusión, información y facilitación de los procesos de inscripción y/o regularización de los derechos de aprovechamiento de aguas de la agricultura familiar campesina.

¿Cómo se logra?

Para cumplir con esta tarea, el INDAP necesita información que le permita cuantificar la problemática y ofrecer instrumentos eficientes, que apoyen a los agricultores en los trámites requeridos para seguir utilizando el agua con certeza jurídica.

¿Cómo saber cuál es la magnitud?

En virtud de lo anterior, INDAP en colaboración con el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA) desarrolló un estudio para dimensionar cuántos agricultores familiares campesinos de todo Chile requieren terminar los procesos de inscripción y/o regularización de sus derechos de aprovechamientos de agua. Los resultados más importantes del estudio fueron presentados en un Seminario realizado en Santiago en el mes de diciembre pasado.

¿Qué explicaron desde la UCM?

Ante esto, la académica e investigadora de la Facultad de Ciencias Agrarias y Forestales de la Universidad Católica del Maule (UCM), Dra. Ximena Quiñones, explicó los resultados: “El estudio estimó que alrededor de 29 mil usuarios de INDAP a nivel nacional han tramitado sus derechos de agua, entre ellos 19 mil son titulares de derechos de aprovechamiento de aguas y otras 10 mil tienen derechos concedidos por la DGA y/o regularizados por sentencias judiciales. Pero estos números representan sólo un piso de usuarios de INDAP con derechos de aguas, es decir no es el universo total de agricultores familiares campesinos del país con derechos de aguas”.

¿Qué aspecto se destaca?

“A este número se debe agregar unas 9 mil sentencias judiciales que involucrarían a agricultores familiares cuyos resultados no son conocidos por los solicitantes y por la DGA. También hay miles de personas quienes han realizado transacciones de derechos de aguas (compra-venta, herencias) que están inscritas en los Registros de Propiedad de las Aguas de los Conservadores de Bienes Raíces, pero que no están visibles las bases de datos nacionales que fueron analizadas”.

¿Que ocurre con la propiedad de la tierra?

De igual forma, la investigadora hizo hincapié en que “se debe tener presente que la regularización de derechos de aprovechamiento de aguas, así como la adquisición de derechos vía transmisiones y herencias están asociados a la propiedad de la tierra que se riega, pero entre los agricultores familiares campesinos, al menos un tercio no son propietarios de las tierras que trabajan”.

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