¿Qué resolvió la justicia?
Prisión preventiva en la cárcel de Talca por peligro de fuga supeditada a una fianza de dos millones de pesos, fue la medida cautelar decretada por el Juzgado de Garantía de Talca en contra del conductor de un camión tipo tres cuartos que protagonizó un grave accidente de tránsito en esta ciudad, donde la víctima fue un motorista de nacionalidad venezolana, de 35 años y padre de dos hijos.
¿Cuándo y dónde ocurrieron los hechos?
En audiencia judicial, el fiscal, Jorge Aravena, explicó que los hechos ocurrieron el 31 de agosto pasado, a las 09:00 horas, en calle 18 Oriente con 7 Norte, esto es, en las cercanías del Parque Industrial de Talca. Allí el imputado, Héctor Joaquín Garrido Quinteros, de 74 años, conducía un camión de color blanco que mantenía estacionada al costado derecho de la calle 18 Oriente.
¿Qué ocurrió en ese momento?
El fiscal explicó que el imputado «efectuó maniobras tendientes a dar vuelta en U, sin percatarse de la presencia y proximidad de un motorista que se desplazaba en el mismo sentido del tránsito por calle 18 Oriente. No obstante aproximarse al camión, el imputad realizó la maniobra sin cederse el derecho preferente de paso a la motocicleta, bloqueando la circulación legítima de la víctima. Así fue impactado el camión por el motorista, detrás de la cabina, resultando la víctima con lesiones de tal envergadura que le causaron la muerte en el sitio del suceso».
¿Cuál fue el delito formalizado?
Con estos antecedentes, obtenidos a partir de videos de cámaras de seguridad, además del preinforme verbal del perito SIAT de Carabineros que se constituyó en el sitio del suceso y declaraciones de testigos, el fiscal presentó cargos criminales por cuasidelito de homicidio en grado de consumado.
¿Qué antecedentes destacó el fiscal?
El persecutor subrayó que el preinforme de la SIAT estableció que la maniobra de virar en U e el lugar donde lo hizo el imputado es antirreglamentaria, destacando que «no estaban las condiciones, porque incluso detrás del motorista, venían otros tres vehículos circulando. Además, el fiscal explicó que el imputado registra condenas asociadas a la conducción, donde se demuestra que esta persona no renueva la licencia de conducir desde 1995 en adelante, advirtiendo que igualmente maneja un camión ide carga.
¿Qué condenas previas tiene el imputado?
Sobre la base del extracto de antecedentes emitido por el Servicio de Registro Civil, el fiscal explicó que el imputado tiene la primera condena en 1998 por conducir vehículo motorizado en estado de ebriedad, en cuyo contexto, se le quitó la licencia de conducir. A su vez, el 2013 repitió el mismo delito y, luego, el 2015 perpetrar otro caso de conducción con licencia suspendida, cuya sanción fue de 5 años de suspensión del permiso. Este último caso se replica el año 2019 y la sanción se mantiene actualmente vigente.
¿Cuál fue la reflexión del fiscal?
«Esto da cuenta de una contumacia permanente en el tiempo de no respetar la normativa legal vigente. porque el imputado se dedica al transporte y maneja un vehículo de envergadura, a sabiendas que nunca más renovó su licencia desde 1995, porque sabe que no se la pueden dar ante las sucesivas condenas. Ahora bien, la nueva sanción será de cárcel efectiva, porque no tendría beneficio alguno. Fue una acción temeraria casi con dolo eventual», destacó Aravena.
¿Qué prueba se exhibió al tribunal?
Entre otros antecedentes el fiscal presentó ante el juez, Víctor Rojas, un video grabado por una cámara de seguridad donde se registran las circunstancias del accidente de tránsito. A ello se sumó el preinforme verbal que fue el siguiente: «conductor de la camioneta reinicia el desplazamiento con viraje a la izquierda no respetando el derecho preferente de paso a la motocicleta ante us presencia y proximidad en la vía».
¿Qué respondió la defensa?
El abogado de turno de la Defensoría Penal Pública replicó que supuestamente la responsabilidad del accidente habría sido de la víctima, sosteniendo que el motorista sería quien debería haberse detenido al observar a distancia el viraje del camión. En ese sentido, afirmó que pedirá diligencias a la fiscalía para determinar la velocidad a la cual viajaba la víctima. También sostuvo que el imputado observa la moto y realiza el giro sin pensar que la moto viene a una velocidad que le impide a su conductor frenar a tiempo. «Todo depende del lado que se cuente la historia», comentó.
¿Qué concluyó el tribunal?
El juez, después de revisar por varias veces el video donde se refleja el accidente de tránsito y hacer notar incluso que no se observa al imputado señalizando con las luces de la izquierda cuando realiza el giro e U, coincidió con el fiscal y decretó la medida cautelar de prisión preventiva, pero no por peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la edad del detenido, sino por peligro de fuga y reiteración, en razón de sus antecedentes penales. En ese sentido, se supeditó la medida cautelar a una fianza económica de dos millones de pesos que se deben consignar en el mismo tribunal.
¿Qué viene ahora?
Tras determinar la medida cautelar, el tribunal limitó en dos meses el plazo de la investigación y, en caso de que se cancele la fianza, estableció otras tres medidas cautelares de prohibición de salir del país, arresto domiciliario nocturno y la prohibición de conducción de vehículos motorizados. La defensa cuenta con plazo legal de cinco días para apelar a la medida cautelar ante un tribunal superior, esto es, la Corte de Apelaciones de Talca.