¿De qué se trata?
Las libertades condicionales son una forma de cumplimiento de condenas que está regulada por ley y que permite al interno dar continuidad en la sanción, pero bajo otra modalidad no carcelaria, es decir, en el medio libre, supeditado a un conjunto de condicionantes que son fiscalizadas por Gendarmería.
¿Cómo es el procedimiento legal?
Gendarmería prepara listados de internos que cumplen con los requisitos legales, previa revisión jurídica y social, para luego entregar esos antecedentes documentales a la comisión de libertad condicional que convoca la Corte de Apelaciones de Talca, en dos sesiones por año. En dicha instancia, conformada por jueces, se revisa caso a caso y se acogen o rechazan las postulaciones.
¿Y qué ocurrió el primer semestre?
La comisión reunida el primer semestre por la Corte de Apelaciones de Talca resolvió acoger la solicitud de 52 internos, cifra que equivale al 25% de las 209 postulaciones recibidas desde las unidades penales de la jurisdicción durante el primer semestre. De esta manera, fueron concedidas 14 libertades condicionales del CCP de Talca; 6 del CCP Molina; 10 del CET Talca; 9 del CCP de Curicó; 1 del CDP Chanco; 4 del CCP Linares; 2 CPF Talca; 2 del CCP Parral y 4 del CCP Cauquenes.
¿Cuál fue el resultado para el segundo semestre?
En este caso, la comisión resolvió acoger la solicitud de 40 internos, cifra que equivale al 19,9% de las 201 postulaciones recibidas desde las unidades penales de la jurisdicción durante el primer semestre.
¿Cuál es el detalle por unidad penal?
De esta manera, fueron concedidas 12 libertades condicionales del CCP de Talca; 4 del CCP Molina; 2 del CET Talca; 11 del CCP de Curicó; 2 del CCP Linares; 1 del CCP Parral y 8 del CCP Cauquenes.
¿Quién integró la comisión?
La comisión –que sesionó entre el 11 y 14 de octubre- fue presidida por el ministro de la Corte de Apelaciones Moisés Muñoz Concha, e integrada por los magistrados Humberto Paiva Passero, Luis Marcelo Sumonte, Héctor Mardones Echeverría y Marcial Taborga Collao, junto a la ministra de fe presencial, Marianela Bravo Rosales.
¿Cuál es el procedimiento?
Cada comisión analiza los informes elaborados por los jefes de los establecimientos penitenciarios, quienes deben considerar los siguientes aspectos para calificar a los internos: a) cumplimiento efectivo de la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva; b) haber tenido conducta intachable en el establecimiento penal; c) haber aprendido un oficio si hay talleres donde se cumple la condena y d) haber asistido con regularidad a las escuela y conferencias educativas del penal.