¿Qué resolvió la justicia?
A petición de la fiscalía y con oposición de la defensa particular, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca condenó al acusado, Maximiliano Nicolás Figueroa Mejías, a la pena de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de robo con intimidación, perpetrado en abril del año pasado en esta ciudad.
¿Que otro delito se suma a la condena?
Figueroa Mejías deberá cumplir 3 años y un día de presidio y las accesorias de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de autor del delito de porte ilegal de arma de fuego y municiones.
¿Quién firmó la sentencia?
En fallo unánime (causa rol 271-2022) fue suscrito por los jueces Iván Villarroel, María Isabel González y Wilfredo Urrutia. A su vz, la parte acusadora estuvo a cargo de la fiscal, Gabriela Vargas, quien tuvo como contraparte al defensor particular, Félix Arto. En su alegato, la fiscal exigió una sanción de 15 años de cárcel, mientras la defensa exigió la absolución por falta de participación en los hechos.
¿Cuáles son los hechos?
A partir de los antecedentes probatorios expuestos por la fiscalía, el tribunal estaglció que en horas de la madrugada del 16 de abril de 2022,“en circunstancias que F.S.E.B., se encontraba en su domicilio, ubicado en Villa Don Gonzalo, calle 22 Norte con 5 Oriente E, casa N° 3424, Talca, en compañía de L.G.B.C. y otras personas; llegó al lugar el acusado MAXIMILIANO NICOLÁS FIGUEROA MEJÍAS, premunido de una escopeta calibre 12, con un cartucho en su interior, acompañado de un sujeto no identificado, procediendo el primero a apuntar con el arma de fuego al grupo, exigiendo la entrega del dinero, celulares y todo lo de valor; y, en ese contexto se apropió de una casaca, dos carteras, una billetera y las llaves del automóvil de Bobadilla y varios teléfonos celulares; dándose a la fuga con las especies en su poder; siendo perseguidos y retenido el acusado por civiles”.
¿Cuál era el origen del arma de fuego?
“El arma de fuego en mención, había sido sustraída en un delito de robo, que fuera denunciado a la Tenencia Carlos Trupp, en el año 2020; y Figueroa Mejías la portaba, al igual que tres cartuchos de caza, dos calibre 16 y uno calibre 12, sin contar con la autorización competente para ello”, añade la sentencia.
¿Qué pasa con la forma de cumplimiento?
Atendida la gravedad de la sanción, el tribunal ordena su cumplimiento efectivo, descontando los 285 días que el condenado lleva en prisión preventiva por constituir un peligro para la seguridad de la sociedad.