¿Qué dice el fallo?
El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Linares condenó al imputado, Ramón Luis Leal Alcaíno, a la pena efectiva de 7 años de presidio, en calidad de autor del delito frustrado de homicidio simple, ilícito perpetrado en febrero de 2018, en la comuna de San Javier.
¿Quién firma la sentencia?
En fallo unánime fue decretado por las juezas Claudia Mora (presidenta), Carolina Saavedra y Karen Lagos (redactora). La parte acusadora estuvo a cargo del fiscal de San Javier, Oscar Salgado, quien tuvo como contraparte al abogado, Alfredo Grandón, de la Defensoría Penal Pública.
¿Qué hechos acreditó el tribunal?
El tribunal dio por establecido, más allá de toda duda razonable, que en la madrugada del 1 de febrero de 2018 “en el camino Rural el Emboque S/N sector Melozal de la comuna de San Javier, el acusado Ramón Luis Leal Alcaíno premunido de un elemento contundente del tipo cuchillón, se abalanzó sobre su sobrino Jorge Luis Leal Cáceres, sin que este alcanzara a oponer resistencia, golpeándolo fuertemente con dicho objeto en la cabeza, con intención de causarle la muerte, quedando en el suelo Jorge Luis Leal Cáceres, retirándose posteriormente Leal Alcaíno del lugar”.
¿Qué lesiones sufrió la víctima?
Leal Cáceres quedó inconsciente y tendido en la vía pública, siendo auxiliado por familiares, quienes lo trasladaron inmediatamente al Hospital de Linares, donde los médicos le salvaron la vida. A consecuencia de la agresión, la víctima “resultó con lesiones consistentes en tec abierto con fractura de cráneo, traumatismo cerebral difuso, todas de riesgo vital y compatibles con elemento contuso cortante, las que hubiesen causado su muerte de no mediar socorros oportunos y eficaces”.
¿El joven quedó con secuelas?
El tribunal acreditó las secuelas físicas y neurológicas sufridas por la víctima y, a partir de ese antecedente, se decidió aplicar la sanción de siete años de cárcel efectiva, esto es, en razón del mal causado y del ánimo de matar deducido de los antecedentes probatorios expuestos por la fiscalía.
¿Qué plantearon la fiscalía y la defensa?
El fiscal sostuvo en su acusación que el delito de homicidio en grado de frustrado se registró en un contexto de violencia intrafamiliar, por lo cual, solicitó la pena de 10 años de cárcel. En contraparte, la defensa sostuvo que no habría existido ánimo de matar sino de lesionar, por lo cual, pidió recalificar el delito contenido en la acusación.
¿El condenado está en prisión?
Según establece la sentencia, el condenado estuvo en prisión por un año entre 2018 y 2019, retomando esa medida cautelar desde diciembre de 2020 a la fecha, por lo cual, todo ese tiempo será descontado de la pena efectiva de cárcel.