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Condenan al Fisco de Chile por detención ilegal y torturas en Talca

La víctima señala que fue detenida porque su pareja era integrante del Partido Comunista

¿Que resolvió la justicia?

El Decimosexto Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 por concepto de daño moral a una mujer que fue detenida en abril de 1988 y tortura en unidades policiales de la ciudad de Talca.

¿Qué dice la sentencia?

En la sentencia, la magistrada, Susana Ortiz Valenzuela, rechazó las excepciones de reparación y prescripción deducidas por el Fisco, al dar por acreditado que la demandante fue víctima de un crimen de lesa humanidad, imprescriptible tanto en sede penal como civil.

¿Qué señala en materia de prescripción?

«Que, establecida de forma manifiesta la responsabilidad del Estado, procede ahora determinar la existencia del daño que reclama el actor; así el daño moral tiene su fundamento en el sufrimiento, dolor o molestia que el hecho ilícito ocasiona en la sensibilidad física o en los sentimientos o afectos de una persona. Se toma el término dolor en un sentido amplio, comprensivo del miedo, la emoción, la vergüenza, la pena física o moral ocasionado por el hecho dañoso”, sostiene el fallo.

¿Qué indica respecto al perjuicio causado a la víctima?

“En este –prosigue–, dentro de sus conclusiones, se encuentra que la actora vivió una experiencia de represión política por agentes del Estado de Chile, que se radican en la persona como una de carácter muy traumática y amenazante”, argumenta.

¿Cómo se determinó el monto de la indemnización?

“Que, en la determinación del quantum de la indemnización, cabe señalar que en la especie se configura el daño moral padecido por la demandante por los motivos expresados en el considerando anterior, razón por la que pese a lo complejo de calcular y cuantificar este tipo de daño, esta Juez lo regula prudencialmente en la cantidad de $50.000.000 (cincuenta millones de pesos)”, concluye.

¿Cómo y cuándo ocurren los hechos?

El relato de la víctima está acreditado en la Comisión de Prisión Política y tortura conocida como «Valech 2». Allí se indica que la demandante fue detenida por la PDI en su domicilio el 5 de abril de 1988, debido a que, en aquel momento, tenía una relación con una pareja que era militante del Partido Comunista.

¿Qué pasó con la víctima?

La demandante explica que fue trasladada al cuartel de la PDI en calle 2 Sur, donde quedó detenida e incomunicada, siendo interrogada respecto a su pareja y objeto de vejaciones sexuales. A continuación, se le movilizó a la Tercera Comisaría de Carabineros, donde nuevamente fue objeto de torturas, siendo liberada el 10 de abril sin ningún tipo de enjuiciamiento.

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