¿Cuál fue la decisión judicial?
La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó la resolución que ordenó el arresto domiciliario parcial nocturno del ex director del Servicio de Vivienda y Urbanismo (Serviu) de la Región de Los Ríos, Rodrigo Enrique Sepúlveda Espinoza, quien cuenta con un fuerte arraigo en la ciudad de Talca, donde ejerció como SEREMI de Vivienda del Maule e incluso fue candidato a alcalde por la capital regional.
¿Cuál es su situación judicial?
Sepúlveda fue imputado por la fiscalía de Puerto Montt como presunto responsable de los delitos de soborno y cohecho. Según la formalización, estos hechos se habrían perpetrado en el marco de procesos de licitación de cuentas bancarias realizados al interior del municipio de Hijuelas, en 2022.
¿Que indica la formalización de la fiscalía?
Según la fiscalía, Rodrigo Enrique Sepúlveda Espinoza entre junio y julio de 2022, mientras se desempeñaba como director del Departamento de Salud de la Municipalidad de Hijuelas, se ofreció a actuar como operador en favor de la sociedad Global SpA, de propiedad de Rodrigo Carmona Olivares, a cambio de dinero, con el propósito de influir en proceso de licitación de viabilidad financiera y mantención de cuentas corrientes, en el cual finalmente se adjudicó a la empresa. A cambio, Sepúlveda Espinoza recibió a través de una transferencia bancaria, al menos, el pago de $2.000.000, lo que se concretó en marzo de 2023, fecha en la que ejercía el cargo del director del Serviu de Los Ríos.
¿Qué ocurrió?
En ese contexto, si bien Sepúlveda permaneció un tiempo en prisión preventiva, con posterioridad, se modificó dicha medida cautelar que fue sustituida por el arresto domiciliario nocturno, en acuerdo entre la fiscalía y la defensa del imputado. Pero el Consejo de Defensa del Estado (CDE) apeló y, por ello, la decisión del Juzgado de Garantía de Bulnes fue revisada por la Corte de Apelaciones de dicha ciudad.
¿Que indica el fallo de la Corte de Chillán?
“Que, primeramente cabe anotar que no se ha alegado algún incumplimiento al régimen cautelar vigente, además, la defensa demostró la existencia de una oferta laboral seria, acreditada según los dichos del ente persecutor, a la que se une que además se le impuso la medida de arraigo y firma quincenal ante Carabineros, todo lo cual, permite concluir que las medidas dispuestas son suficientes para asegurar los fines del procedimiento y la seguridad de la sociedad”, consigna el fallo.
¿Fue unánime?
La decisión del máximo tribunal fue adoptada con el voto en contra del abogad integrante de la sala, Juan Pablo Ortega. El fallo consigna que este integrante «fue de parecer de revocar la resolución en alzada, manteniendo la medida de arresto total, por cuanto el contrato de trabajo ofrecido al encartado no modifica en nada la necesidad de cautela, y la gravedad del delito, impide acceder a la mutación pedida». Los votos de mayoría corresponden a los ministros titulares, Claudio Arias y Guillermo Arcos.