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Confirman medida cautelar por apremios ilegítimos en el “estallido social”

¿Qué resolvió la justicia?

La segunda sala de la Corte de Apelaciones de Talca confirmó la medida cautelar de prohibición de acercarse a la víctima decretada por el Juzgado de Garantía de Talca en contra de un oficial de Carabineros, de rango mayor, formalizado por la fiscalía por el supuesto delito de apremios ilegítimos, ocurrido en el contexto de las protestas durante el denominado “estallido social” y cuyo denunciante es un menor de edad.

¿Cómo comenzó la investigación?

El caso criminal motivó una querella que fue presentada en noviembre del año 2019 por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH). Pero la acción legal fue declarada inadmisible, motivando una apelación del INDH que fue acogida por la Corte de Apelaciones de Talca. Así el caso fue derivado a la fiscalía de Talca, donde se investigaron los hechos en conjunto con la Brigada de Homicidios (BH) de la PDI. Así el 14 de junio pasado se formalizó la investigación contra el imputado, pero el debate respecto a las medidas cautelares fue aplazado y se llevó a cabo recién el 6 de agosto pasado.

¿Cuáles son los hechos formalizados?

La formalización de la fiscalía es la siguiente:

“El día 25 de octubre del año 2019, siendo alrededor de las 20:30 horas a la altura de la intersección de las calles 1 Oriente con 1 Norte, esquina norponiente de la Plaza de Armas de esta ciudad y a un costado de la municipalidad de Talca, G.B.L.S. a la fecha de los hechos adolescente de 17 años de edad, participaba en las manifestaciones sociales que comenzaban a desarrollarse a partir del 18 de octubre del mencionado año. En el señalado contexto, diversos funcionarios de Carabineros concurrieron hasta dicho lugar, provistos estos de bombas lacrimógenas y armamento no letal, especialmente, escopeta antidisturbios, ante el desarrollo de desórdenes con resultado de daños y utilización de terceros de elementos contundentes en la vía pública. A la hora señalada, el imputado, mayor de Carabineros J.M.H., provisto de una escopeta antidisturbios calibre 12 calificada como no letal, abusando de sus funciones, toda vez que el adolescente no mantenía elementos contundentes en sus manos ni tampoco ejecutó conductas que le atribuyeran participación activa ni pusieran en peligro la vida ni la integridad física del imputado ni de terceros y, encontrándose a una distancia máxima de 15,49 metros, aplicó conductas constitutivas de apremio ilegítimo respecto del menor de edad, al dispararle directamente a sus piernas, resultando el adolescente con un total de 10 impactos de perdigones, localizándose dos en el muslo izquierdo, uno en la pierna abajo en el lado izquierdo, cuatro impactos en el muslo derecho, uno en la parte inferior de la misma pierna, sufriendo lesiones de carácter menos graves, con un tiempo de duración de 21 días aproximadamente con igual tiempo de incapacidad, sin perjuicio de posibles complicaciones o cirugías posteriores por la presencia de cuerpo extraño alojados en las partes blandas a profundidad mayor que la piel, constituyéndose todo esto por los llamados perdigones que a la fecha no habían sido aún extraídos”.

¿Cuándo y qué pasó en la discusión de medidas cautelares?

En la audiencia, la fiscalía de Talca solicitó decretar dos medidas cautelares al imputado, consistentes en arraigo nacional y prohibición de acercarse a la víctima. La parte querellante, esto es, el INDH, planteó dos medidas cautelares, arresto domiciliario parcial y prohibición de porte de escopeta antidisturbios. En subsidio, el INDH solicitó tres medidas cautelares de arraigo nacional, prohibición de acercarse a la víctima y prohibición de porte de escopetas antidisturbios. Al respecto, el Juzgado de Garantía de Talca se inclinó únicamente por decretar la prohibición de acercarse a la víctima,

¿Qué reacción tuvo el INDH y qué decretó la justicia en última instancia?

La abogada del INDH, Ángela Hernández, presentó una apelación y el caso fue revisado esta semana por la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Talca. Allí, tras escuchar a la parte querellante y la defensa del imputado, el tribunal de alzada decidió confirmar el dictamen de primera instancia.

¿Qué viene ahora?

El plazo de investigación se encuentra vigente, por lo cual, la fiscalía sigue realizando diligencias orientadas a investigar hechos que favorezcan o perjudiquen al imputado.

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