¿Qué ocurrió en la sesión del CORE?
El denominado Caso Fundaciones tuvo un capítulo aparte en el Consejo Regional (CORE) del Maule, donde en sesión ordinaria e este lunes, fue abordado a la hora de incidentes, co intervenciones de distintos consejeros, ya sea de oposición u otras bancadas políticas.
¿Qué pasó después?
Tras ello, un grupo de diez consejeros de oposición acudieron hasta la Contraloría Regional del Maule para entregar una carta, dirigida a esta institución y donde sistematizan los antecedentes que se discutieron en la sesión. Así lo destacó Patricio Ojeda y otros consejeros que hablaron ante los medios de comunicación, coincidiendo en que se trata de hechos que deben ser aclarados por este órgano de control.
¿Que indica el documento?
El texto de la carta es el siguiente:
«Señor
Contralor Regional del Maule
Presente.-
De nuestra consideración:
Si se creía que los actos de corrupción se habían producido solo en el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, como se demostrará con los antecedentes que se detallan, las autoridades se han olvidado que en los gobiernos regionales se implementó también el procedimiento de
transferir recursos a fundaciones ligadas directamente a partidos políticos de Gobierno. En el Maule, el Gobierno Regional adoptó ya desde el año 2022, una especial modalidad destinada a estas
transferencias de recursos para financiar a entidades privadas sin fines de lucro que pertenecen a partidos de Gobierno.
Directamente es la Gobernadora Regional quien determina personalmente y junto a su asesor directo el Jefe de División Sr. Jorge Fajardo Rojas, cuáles son las entidades que serán beneficiadas con los recursos que puede transferir el organismo.
De los antecedentes que se adjuntan, se constata una transferencia efectuada a la Fundación Urbanismo Social, aprobada según Resolución Exenta N° 8463 con fecha 22 de diciembre de 2022, por la suma total de $ 264.950.000. Esa resolución aprueba el convenio para la ejecución del programa denominado “Juntos y Juntas nos sentimos más seguros”, celebrado con el organismo Fundación Urbanismo Social, el cual fue confeccionado y aprobado por la abogada Srta. Ariosha Villareal y se encuentra autorizado con las firmas de la Administradora Regional Sra. Leandra Urzúa y la Jefa de División Srta. Elena Fuica.
A la fecha, ya transcurridos más de seis meses desde la celebración del convenio, aun no se da inicio a la ejecución del programa, puesto que se encuentra aun pendiente el proceso de selección de quienes serán los encargados de su supervisión por parte de la entidad que
recibió los recursos.
Por lo tanto, a esta fecha se desconoce dónde se encuentran esos recursos, si están depositados en alguna cuenta, o invertidos en algún instrumento. Tampoco se conocen las gestiones que a esta fecha ha realizado el Gobierno Regional para comprobar la correcta
utilización de los mismos, los controles de avance que ha ejecutado y los informes que ha requerido, todo ello a cargo de la Jefe de División Srta. Elena Fuica.
Por su parte, el giro de la fundación se refiere a materias relacionadas con “vivienda y urbanismo”, y no con “seguridad” como es el objeto del programa específico, de modo que al respecto cabe preguntarse cuál fue la experticia que consideró la autoridad regional
para entregar recursos a una entidad que no tenía las competencias en la ejecución de estos programas. La respuesta es casi obvia, había intereses superiores comprometidos y por cierto de naturaleza distinta a la correcta inversión de los recursos públicos. Por lo tanto, ya existen aquí cuatro grandes irregularidades.
Sin embargo, lo más grave se relata a continuación:
1.- La resolución de transferencia se realizó exenta de toma de razón por lo que no es conocida por esa Contraloría.
2.- Al parecer todas las transferencias estarían aprobadas de la misma manera, es decir, exentas de toma de razón.
3.- El Gobierno Regional, con perfecto conocimiento de su jefatura, instruyó oportunamente a los jefes de División Sr. Jorge Fajardo y Sr. Mario Ramírez para que entraran en negociaciones con la fundación beneficiaria, a fin de lograr que se designaran como encargados de la
supervisión del programa a personas de su exclusiva confianza política. Para tal efecto, se habría establecido en los antecedentes de la inversión que estas designaciones se harían de común acuerdo y tal es así que ello se demuestra con carta que con fecha 30 de mayo de 2023 dirige la fundación a la gobernadora, en la cual se le exponen las diversas reuniones que el gobierno regional, a través de
estos personeros jefes de división han tenido con la fundación, las negociaciones que se han llevado a cabo y el estado actual de las mismas, donde como resultado se le señala que no es posible acceder a la designación del Sr. Javier Ahumada, en razón de ejercer un cargo de elección popular como concejal de la comuna de Curicó. Respecto de los restantes propuestos candidatos existe consenso en aceptarlos, y se trata de la Sra. Aily Soto Salinas, quien es cuñada del Jefe de División Sr. Fajardo Rojas, por estar unida en vínculo matrimonial con su hermano el Sr. Francisco Fajardo Rojas, quien se
desempeña actualmente como abogado a contrata en la Municipalidad de Talca, y además del Sr. Rodrigo Véliz Alvarado, quien es la pareja de la Srta. Ariosha Villarereal, abogada redactora del convenio y resolución de transferencia.
4.- La intervención del jefe de división Sr. Fajardo
Rojas, en la designación de los supervisores de la
fundación contraviene especialmente el principio de
probidad administrativa, según lo establecido en el
artículo 64 N° 6 de la Ley N° 18.75, de Bases Generales
de la Administración del Estado.
5.- La intervención de los dos jefes de división Sr. Fajardo y Sr. Ramírez contravienen también especialmente el principio de probidad administrativa al actuar en función de sus intereses particulares o de la autoridad del Servicio en que se desempeñan, infracción al artículo
64 N°s. 2, 3 y 6 de la ley citada.
7.- Las actuaciones de los funcionarios infringieron el artículo 66 de la ley mencionada, al no haber planteado inmediatamente las inhabilidades que les afectaban a su superior jerárquico, conducta que es sancionada con la destitución.
8.- Ninguna de las diversas reuniones que mantuvo el Gobierno Regional con la Fundación para definir las personas que se contratarían por esta última quedaron registradas en las agendas de Lobby, ni de la Gobernadora ni de los Jefes de División, por lo que todos estos funcionarios infringieron también las disposiciones de
la Ley N° 20.730, en particular sus artículos 3 y 8, ya que así debían hacerlo en sus calidades de sujetos pasivos.
Dado que los antecedentes analizados se refieren a un solo convenio y no se ha tenido acceso a los demás, existe la fundada sospecha que el Gobierno Regional ha firmado numerosos otros, por lo que la conducta de estos implicados ha sido reiterada en el tiempo, lo que
configura a sus respectos una circunstancia agravante de sus responsabilidades.
Por lo expuesto Sr. Contralor, solicitamos a Ud. disponga inmediatamente una fiscalización a todos los programas de transferencia celebrados por el Gobierno Regional del Maule, los que no han sido remitidos a trámite a ese organismo, por aprobarse mediante resoluciones exentas de toma de razón, disponiendo además el inicio de un sumario administrativo al interior de este organismo, llevado a cabo directamente por esa Contraloría, dado
que atendido el nivel jerárquico de los involucrados, no existiría en su interior garantía de imparcialidad respecto de quien pudiera asumir las funciones de fiscal, ya que seguramente de parte de los restantes jefes de división puede presumirse existirá una defensa corporativa tratando de defender a la jefe superior de la institución, dadas sus características de cargos de exclusiva confianza.
Además, considerando que las conductas de los involucrados no solo constituyen eventuales infracciones administrativas que implican faltas de probidad sancionadas incluso con la destitución, ellas
constituirán también delitos expresamente penados en nuestra legislación en razón de los conflictos de intereses de la gobernadora y sus jefes de división, tales como negociaciones incompatibles y tráfico de influencias, que en su oportunidad esa Contraloría deberá
eventualmente denunciar al Ministerio Público o al tribunal penal competente.
Se adjuntan a esta denuncia los antecedentes necesarios
en respaldo de ella.
En espera de las medidas inmediatas que adopte esa
Contraloría Regional.
Saludan atentamente a Ud.
Consejeros Regionales del Maule
César Muñoz.
Giovanna Paredes.
Cecilia Parham.
Patricio Ojeda.
Paola Guajardo.
George Bordachar
Mirtha Segura.
Juan Andrés Muñoz.
Daniel Bustos.
Patricio Lineros»
¿Y respecto a la unida de control interno del Gobierno Regional?
La segunda carta tiene el siguiente contenido?
«Señor
Cristian Arellano
Jefe Unidad de Control.
Gobierno Regional del Maule.
De nuestra consideración.
Los Consejeros y Consejeras Regionales del Maule que suscriben, en atención a las facultades que nos confiere la Ley, en particular, en plena observancia de los principios de legalidad y probidad del rol fiscalizador que nos asiste, concurrimos a solicitar a la unidad de control del Gobierno Regional del Maule, en el marco de sus competencias introducidas por la Ley Nº 21.074, en la que identifica y define a la unidad de Control como Órgano colaborador directo del Consejo Regional en la función de fiscalización, nos informe en el plazo legal establecido, respecto de las siguientes materias enumeradas a continuación, todas las que tienen estrecha relación con las facultades de este Gobierno Regional de suscribir convenios de transferencia de recursos con organizaciones sin fines de lucro.
Se solicita informe y adjunte:
- Convenios de transferencias con Fundaciones suscritos por el Gobierno Regional del Maule desde el año 2021 a la fecha, con y sin acuerdo del Consejo Regional del Maule.
- Adjunte las respectivas rendiciones mensuales de los convenios vigentes y recepcionados por el Gobierno Regional del Maule.
- Dicte informe y se pronuncie sobre propuesta de programación de caja de cada uno de los convenios, así mismo, elabore informe observando las respectivas rendiciones presentadas por cada unidad receptora, si éstas cumplieron con la debida programación presentada.
- En caso que en el numeral anterior, se identificasen en los informes de rendición, incumplimiento de la unidad receptora de alguno de los términos fijados en el convenio suscrito, se informen las acciones con las que el Gobierno Regional del Maule exigió y exige el cumplimiento del convenio.
- Se informe por cada convenio suscrito, nómina de funcionarios(as) y/o profesionales que prestaron servicios para el cumplimiento y desarrollo de la ejecución del programa financiado. Se identifiquen nombres, profesión u oficio, relación contractual, montos percibidos, responsabilidad asignada.
- Se informe e individualice a empresas o servicios subcontratados en cada convenio suscrito con este Gobierno Regional.
- Se identifiquen, con la debida justificación proporcionada por la plataforma de Ley del Lobby, todas las reuniones o audiencias solicitadas y sostenidas por parte de representantes, cualquiera sea su jerarquía, de las instituciones receptoras de transferencias y funcionarios de este Gobierno Regional en torno a convenios celebrados con el Gobierno Regional del Maule, señalando tipo de encuentro, participantes, fechas y materias abordadas.
- Se informe el año, identificando proveedor y/o funcionarios a cargo de la mantención y operación de la plataforma informática de la unidad de gestión de documentos de este gobierno regional, al mismo tiempo que se señalen las causas de la suspensión de la operación de dicha plataforma a partir del pasado viernes 30 de junio del año en curso, destacando, debidamente justificadas, todas y cada una de las ocasiones en la que esta plataforma, desde su puesta en marcha, ha presentado una condición similar de interrupción. Informar si se tomaron todas las medidas necesarias para el restablecimiento de su operación, señalando las responsabilidades en caso que aquello no aconteció a la fecha de esta solicitud.
- Finalmente, se solicita a esta unidad de control, informe cualquier hecho que aparezca en esta auditoría que la unidad considere de relevancia; todos elementos necesarios para la correcta ejecución de los convenios, el resguardo de los intereses del Gobierno Regional, la correcta actuación de sus funcionarios en estrecha relación a los principios de legalidad y probidad que consagra la ley de bases de administración pública, recomendar a este cuerpo colegiado, el Consejo Regional del Maule, todas las acciones necesarias y dirigidas al establecimiento del correcto actuar de la institución pública que nos corresponde fiscalizar.
Sin otro particular, esperando la remisión de los antecedentes solicitados, atte.
Consejeros(as) Regionales
Gobierno Regional del Maule»