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Corte de Talca alista fallo por recurso a favor de Florencia

¿Qué pasó este martes?

Por cerca de media hora se llevaron a cabo los alegatos ante la segunda sala de la Corte de Apelaciones de Talca por un recurso de protección presentado a favor de Florencia, una niña que sufre una enfermedad genética degenerativa denominada CLN2 que no tiene cura, pero que puede ser inhibida y controlada por un fármaco de alto costo.

¿Quiénes realizaron los alegatos?

En la audiencia telemática se presentaron los abogados, Patricio Muñoz, por la Procuraduría Fiscal en Talca del Consejo de Defensa del Estado (CDE); y Alejandro Venegas, por el Fondo Nacional de Salud (Fonasa). Por parte de los recurrentes no se presentaron alegatos.

¿Quiénes integraron la sala y qué resolvieron?

Los alegatos fueron seguidos atentamente por los ministros, Hernán González y Álvaro Saavedra (s), junto al abogado integrante, Robert Morrison. Luego, la sala declaró la causa en estado “de acuerdo”, es decir, los integrantes adoptaron una decisión y la redacción del fallo está a cargo del ministro Saavedra (s).

¿Qué se pide en el recurso?

En la acción legal, la menor Florencia y su familia le piden a la Corte de Apelaciones de Talca que ordene al Ministerio de Salud (Minsal) y al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) el financiamiento del fármaco, cuyo costo es de 17 millones de pesos por una vez, por lo cual, el tratamiento anual tiene un valor aproximado de 400 mil dólares. Todo esto porque, obviamente, la familia no cuenta con recursos suficientes. A ello se suma que tanto Fonasa como el Minsal se negaron a la compra del medicamento, a pesar que fue autorizado por la médico tratante de la niña, por lo cual, el recurso sostiene que se ve en riesgo el derecho a la vida de la paciente.

¿Cuáles fueron los argumentos del CDE?

El abogado, Patricio Muñoz, sostuvo su posición de pedir el rechazo del recurso de protección en tres antecedentes: que la controversia planteada es de largo conocimiento y no puede ser resuelta a través de un recurso de protección, ya que requiere de peritajes y pruebas científicas; que no existe ilegalidad o arbitrariedad en la actuación del Minsal y Fonasa; y que el derecho a la vida invocado no está conculcado ni amenazado por parte de los recurridos.

¿Qué se cuestiona respecto al medicamento?

Según el CDE no existe unanimidad respecto a la eficiencia del medicamento. Para ello, sostiene que existen informes del Minsal que ponen en duda la idoneidad del medicamento, añadiendo que podría existir conflicto de interés por parte de los médicos con los laboratorios. En este caso, subrayó que el medicamento en cuestión es uno de los más costosos del mundo y que los laboratorios tienen interés en que sea comprado por los Gobiernos.

¿Por qué no está financiado por Fonasa?

El abogado del CDE sostuvo que el medicamento fue evaluado por el sistema que establece la denominada “Ley Ricarte Soto”, cuya conclusión fue que era un fármaco nuevo, con poda evidencia científica y baja certeza respecto a su efectividad, añadiendo que tampoco evita la muerte de la paciente, por cuanto solo atenúa las consecuencias de la enfermedad genética. Por ello, sostuvo que el fármaco no es recomendable y tampoco está priorizado. Añadió que “no se puede alterar la política pública considerando un caso aislado”.

¿Qué alegó Fonasa?

El abogado de Fonasa también solicitó que el recurso sea rechazado, destacando que el informe presentado por la médico tratante de la niña Florencia no sería claro y que contiene un análisis general, tampoco concluyente respecto del efecto decisivo del medicamento. “No dice que se salvará la vida de la menor, simplemente, que se mejoran sus condiciones de vida”, indicó.

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