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Corte Suprema anula sentencia y ordena nuevo juicio contra Martín Pradenas

¿Qué ocurrió?

Tras constatar la falta de imparcialidad de uno de los jueces, la Corte Suprema acogió el recurso de nulidad de la defensa y le ordenó al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco la realización de nuevo juicio, por jueces no inhabilitados, en contra de Martín Nicolás Ignacio Pradenas Dürr, acusado por el Ministerio Público como autor de dos delitos consumados de violación de mayor de 14 años, cuatro delitos consumados de abuso sexual de mayor de 14 y un delito consumado de abuso sexual de menor de 14 años. Ilícitos perpetrados entre noviembre de 2010 y septiembre de 2019, en la ciudad y en la comuna de Pucón.

¿Qué indica la sentencia?

En fallo dividido (causa rol 80.876-2022), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos, la ministra María Teresa Letelier y las abogadas (i) Pía Tavolari y Leonor Etcheberry– no cuestiona el fondo de la resolución, como lo son las pruebas rendidas, la participación atribuida al acusado y la perspectiva de género plasmada en la resolución del caso, sino la vulneración a la garantía del “juez imparcial”, debido a que uno de los integrantes del TOP de Temuco realizó comentarios en sus redes sociales mientras se desarrollaba el juicio oral y que dan cuenta de que el magistrado redactor de la sentencia condenatoria enfrentó el proceso alejado de la objetividad a que está obligado por ley.

¿Qué va a pasar?

La resolución de la Corte Suprema implica que Pradenas Dürr deberá permanecer en prisión preventiva a la espera de la realización del nuevo juicio. Además, la Sala dispuso que la Corte de Apelaciones de Temuco instruya una investigación sumaria respecto del Juez Leonel Torres Labbé, para determinar una eventual responsabilidad disciplinaria  en su actuar durante el juicio.

¿Qué otras medidas se instruyeron?

Además, la segunda sala ordenó a la Corte de Apelaciones de Temuco instruir una investigación sumaria respecto del juez Torres para establecer si hubo una infracción a los deberes funcionarios en su actuar. “Apareciendo del mérito de los antecedentes que los hechos establecidos podrían constituir una infracción a los deberes funcionarios previstos en los artículos 320 y 323 del Código Orgánico de Tribunales y en las recomendaciones impartidas por esta Corte Suprema para el uso de redes sociales por parte de los integrantes del Poder Judicial, contenido en AD N° 1873-2017 de fecha 5 de diciembre de 2018,  se dispone que la Corte de Apelaciones de Temuco instruya una investigación sumaria respecto del Juez Sr. Leonel Torres Labbé, para determinar la concurrencia de una eventual responsabilidad disciplinaria que de ellos pudieren surgir”, dice la resolución. La decisión adoptada con el voto en contra del ministro Llanos.

¿Qué reacciones se conocieron?

Silvana del Valle, académica investigadora de la Facultad de Derecho de la Universidad Autónoma y querellante por la familia de Antonia Barra, afirmó que “el escenario procesal que se abre al equipo jurídico que representa a la familia Barra Parra, como asimismo a todos los abogados que representan a las víctimas, es que tendremos que realizar nuevamente un juicio oral, donde volverá a vertirse prueba respecto a las violaciones y abusos sexuales cometidos. Esto anula el juicio como la sentencia original por lo que el tribunal oral en lo penal de Temuco, con nuevos jueces y, de acuerdo a su agenda, tendrá que fijar el inicio de este juicio oral que debería durar aproximadamente el mismo tiempo que duró el juicio oral inicial, esto es, alrededor de 30 días hábiles”.

¿Qué significará en la práctica?

“Esto implicará que tendremos que empezar de cero, pero desde esa instancia. No tendremos que iniciar desde la preparación del juicio oral, por lo cual, las pruebas que fueron admitidas para ser rendidas para todos los intervinientes durante la preparación del juicio oral son las mismas que podremos presentar, de acuerdo a las estrategias nuevas que se puedan abordar por parte de los equipos jurídicos», agregó la abogada.

¿Cuánto durará el nuevo proceso penal?

“Ojalá un tiempo menor al que duró inicialmente el juicio. La sentencia de nulidad de la Corte Suprema está fundada en una conducta específica del magistrado Torres, que fue el juez redactor de la sentencia y que dice relación con situaciones bastante febles, que corresponderían que en su página web se publicaran ciertos comentarios en contra del señor Pradenas o que se le pusiesen aprobaciones o likes a comentarios. No se acreditó de manera alguna que el señor Torres tuviera prejuicios o ideas preconcebidas en relación tanto a la prueba, como a la participación del señor Pradenas o a la misma persona del señor Pradenas”, destacó Silvana del Valle.

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