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Decretan prisión para imputado por fatal doble atropello en la ruta 5 Sur

Los graves hechos ocurrieron el domingo 13 de agosto pasado en el kilómetro 280 entre san Javier y Villa Alegre

La audiencia de formalización de la investigación se llevó a cabo en el Juzgado de Garantía de San Javier.

¿Qué resolvió la justicia?

Tras los antecedentes expuestos por la fiscalía, la parte querellante y la defensa, el Juzgado de Garantía de San Javier decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra de un sujeto adulto que estaba detenido desde el pasado domingo 13 de agosto, en calidad de principal sospechoso como responsable de un fatal doble atropello registrado esa mañana en la ruta 5 Sur. Su detención estaba ampliada por el mismo tribunal a petición de la fiscalía en virtud de diligencias policiales pendientes.

¿Cuáles fueron los hechos formalizados?

En la audiencia, el fiscal jefe de San Javier, Patricio Caroca, formalizó la investigación en los siguientes términos:

«El día 13 de agosto de 2023 a eso de las 06:40 minutos, el imputado, Andrés Alberto Cisterna Vivanco, de 27 años, se encontraba conduciendo de sur a norte en estado de ebriedad un vehículo marca Nissan color rojo por la ruta 5 Sur, a la altura del kilómetro 280, en la comuna de Villa Alegre. Mientras conducía en estado de ebriedad, el imputado debido a la disminución de sus facultades psicomotoras, perdió el control de su vehículo e impactó a dos peatones, Juan Lorenzo Cifuentes Contreras y Juan Abelardo Acuña Gutiérrez, quienes se encontraban en la berma reparando un vehículo que estaba momentáneamente detenido. El imputado atropelló a ambos peatones que fallecieron debido a la gravedad de sus lesiones, según establece el informe de autopsia. El imputado detuvo su vehículo metros más allá del lugar del accidente donde fue detenido por Carabineros del Retén Estación de villa Alegre», dijo el fiscal.

¿En qué condición se encontraba el detenido?

El fiscal precisó que el imputado «presentaba toda la sintomatología del estado etílico, esto es, incoherencia al hablar, rostro congestionado e inestabilidad al caminar y hálito alcohólico. Realizada la prueba respiratoria de alcohotest por Carabineros arrojó una dosificación de 1,23 gramos por mil de alcohol en la sangre».

¿Cuál fue el delito formalizado?

Con estos antecedentes, el fiscal afirmó que el delito corresponde a conducción de vehículo motorizado en estado de ebriedad con resultado de muerte de las dos víctimas, en calidad de consumado y el imputado como autor material.

¿Que medida cautelar solicitó el fiscal?

El persecutor exigió la medida cautelar de prisión preventiva para el imputad, atendida la gravedad del delito, la sanción asignada por ley y que el imputado se encuentra, a la fecha, bajo medidas cautelares en otra investigación por el supuesto delito de abuso sexual formalizado en otro tribunal fuera de la región del Maule.

¿Que respondió la defensa?

El abogado, Mauricio Rivas, defensor privado del imputad, replicó que no se cumplen los requisitos para la medida cautelar de prisión preventiva, señalando que el delito no tiene pena de crimen. A su vez, afirmó que su representado no está condenado y, por lo tanto, se encuentra con irreprochable conducta. A su vez, sostuvo que el detenido no escapó desde el sitio del suceso y que se detuvo a 50 metros del lugar del accidente, donde afirmó que habría pedido ayuda para las víctimas. Subrayó que, en ese contexto, la prisión preventiva sería desproporcionada y planteó la medida cautelar alternativa de arresto domiciliario total. A su vez, afirmó que las víctimas no habrían encendido las luces de estacionamiento y que tampoco portaban los chalecos reflectantes.

¿Qué decidió el tribunal?

Luego de escuchar a todas las partes en litigio, incluyendo un abogado querellante en representación de familiares de las víctimas fatales, el tribunal optó por decretar la prisión preventiva por peligro para la seguridad de la sociedad y ordenar que el detenido siga en esa calidad en la cárcel de Linares. A su vez, se limitó en tres meses el plazo de cierre de la investigación. A su vez, ahora se abre un plazo legal de cinco días para que la defensa pueda apelar a un tribunal superior, como es la Corte de Apelaciones de Talca, para que se revise la medida cautelar.

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