
¿Qué ocurrió?
La Fiscalía Nacional, a través de sus redes sociales oficiales, anunció en la tarde de este lunes que se decidió ampliar a todo el país una instrucción que, la semana pasada, fue anunciada como vigente solo para las cuatro fiscalías regionales metropolitanas centro norte, oriente, occidente y sur.
¿Cuál fue el anuncio?
El mensaje oficial dice lo siguiente: «El Fiscal Nacional, Ángel Valencia, informó esta mañana al Consejo General de Fiscales Regionales la extensión a todo el país del criterio de actuación relativo a solicitar prisión preventiva en caso de personas detenidas cuya identidad no pueda ser corroborada».
¿Qué significa?
El propio Fiscal Nacional explicó recientemente que esto significa, en la práctica, que los fiscales adjuntos deberán exigir la medida cautelar de prisión preventiva en contra de todos los imputados que no tengan cédula de identidad chilena, por lo cual, apunta directamente a personas migrantes o extranjeros que hayan ingresado al país de cualquier forma y que no hayan regularizado su situación según los procedimientos que fija la ley de extranjería.
¿Y para los chilenos?
Según explicaron fuentes calificadas, esta instrucción no aplica para las personas nacidas en Chile, ya que por ese solo hecho, cuentan con un número de cédula de identidad que está directamente asociada a sus huellas dactilares. Ahora bien, si estas personas se niegan a identificarse ante la policía y llegan a un tribunal en esa condición, el juez de turno está facultado para ordenar que es confirme dicha identidad a través de un peritaje de huellas.
¿Cómo va a funcionar?
En la práctica, esto significa que, si un imputado extranjero no tiene cédula de identidad chilena, ya sea definitiva o temporal entregada por el Servicio de Registro Civil y, además, haya sido detenido por cualquier hecho ilícito, esto es, tenga o no asociada una pena aflictiva, el fiscal adjunto de turno deberá pedir sin excepción la medida cautelar de prisión preventiva al correspondiente Juzgado de Garantía, tras el examen de legalidad de la detención y posterior formalización por cualquiera que sea el delito.
¿Cómo se logra identificar a imputados extranjeros sin cédula chilena?
Las fuentes precisaron que, a la fecha, los fiscales están adoptando el procedimiento de que, al tratarse de un imputado sin cédula de identidad chilena o pasaporte, tras el control de legalidad de la detención y posterior formalización, se pide que quede citado a concurrir al Registro Civil para tramitar lo que se denomina como un «RUT provisorio» asociado a sus huellas, lo cual permitirá en un futuro confirmar su identidad y, con ello, establecer claraemente si ha participado o no en otros delitos.
¿Y qué ocurre con la colaboración del país de origen?
Las fuentes precisaron que, si bien a todo detenido extranjero se le toman huellas, dichos antecedentes se envían al país de origen a través de Policía Internacional, pero la extensa e injustificada demora en responder obliga a proceder con la modalidad del «RUT provisorio» para facilitar así la persecución penal.