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EN OFRECER ¿NO HAY ENGAÑO? por Juan Carlos Pérez de la Maza

Hace algunos días, en una red social que visito esporádicamente, llamó mi atención una pregunta que se nos hacía: “¿Por qué un venezolano, cuya Constitución le garantiza el derecho a la vivienda, se viene a Chile dispuesto a vivir en una carpa, en la Alameda?” Por eso, y como creo ser estudioso y responsable de lo que pongo en esta página, busqué información.

Y, efectivamente, el Artículo 82 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela señala: “Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénicas, con servicios básicos esenciales que incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias.”

Y como tenía a la vista el documento, seguí indagando en él.  Se consigna en esa Carta Fundamental un detallado catálogo de derechos sociales como pocas veces se puede ver. No sólo el citado derecho a la vivienda “adecuada, segura, cómoda e higiénica”, sino muchos otros. El derecho a la salud, que el Estado lo garantiza como parte del derecho a la vida. El derecho a la seguridad social, cuya efectividad el Estado garantiza mediante un sistema universal, integral, de financiamiento solidario, unitario, eficiente y participativo. El derecho (y el deber) al trabajo, garantizándose que el Estado adoptará las medidas necesarias para que toda persona obtenga una ocupación productiva, que le proporcione una existencia digna y decorosa. También se señala el derecho a la estabilidad en el trabajo, garantizándose que los despidos contrarios a la Constitución son nulos. Por supuesto se establece el derecho a la educación, integral, de calidad y gratuita en las instituciones estatales, suficientemente dotadas para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo. Y, por cierto, se declara que la educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad. Por otra parte, la Constitución de Venezuela consigna el derecho al deporte y a la recreación, asumiendo el Estado la “atención integral de los y las deportistas, sin discriminación alguna”. Por último, en la Carta se señala que toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado.

El listado anterior no es exhaustivo, por cierto. No dispongo del espacio, ni las ganas, de analizar los largos 350 artículos de la Constitución venezolana. Créame el Lector que, si se atreve a hacer algo así, se encontrará con un inventario asombroso de derechos, garantías y compromisos estatales como pocas veces se ha visto. Tanto, que un observador desprevenido podría concluir que vivir en una sociedad regida por tamaña Carta Fundamental es habitar en la copia feliz del Edén. La “verdadera copia”, no la situada más al sur. Entonces, volviendo a la pregunta inicial, ¿cómo entender que más de 6 millones de venezolanos hayan abandonado su país, considerando que su Constitución les asegura tan cantidad de derechos sociales? ¿No será, acaso, que una cosa es declarar, escribir y consignar un listado interminable de derechos y otra, muy diferente, es que las garantías que pretenden sustentarlos son no más que letra muerta?

Hoy, mientras la Convención Constitucional chilena elabora su proyecto en medio del maximalismo de sus dogmas y las funas de su intolerancia, convendría analizar los más de trescientos artículos que, hasta esta semana, ya tienen redactados y observar el amplísimo catálogo de derechos que ahí se consigna. No tan sólo derechos sociales, económicos, medioambientales y políticos, que sería lo esperable. También encontramos en el proyecto en elaboración los derechos de la naturaleza, de los territorios, del “maritorio”, de los animales y de todos los seres “sintientes”, de los habitantes originarios y de los que llegaron después (como si no fuéramos, todos, igualmente humanos e indistintamente chilenos).

Y, al hacer ese análisis, no podríamos sino concluir que es paradójico que, mientras en Chile redactamos un inventario (qué bien empleado este término) interminable de derechos, recibimos miles de inmigrantes que escapan de un país cuya Ley fundamental les otorga esos mismos derechos. Porque, en materia de derechos, si en “pedir no hay engaño”, en ofrecerlos sí lo hay.

Juan Carlos Pérez de La Maza

Licenciado en Historia

Egresado de Derecho

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