¿Cuál es el anuncio?
El 11 de agosto, entra en vigor la normativa que modifica, crea y moderniza los procedimientos concursales contemplados en la Ley de Reorganización y Liquidación de Empresas y Personas 20.720.
¿Qué explicaron desde Economía?
Javiera Vivanco, SEREMI de Economía destacó la importancia de esta ley para las micro, pequeñas y medianas empresas, ya que “implica una mejora sustancial a las empresas de menor tamaño y a las personas que están detrás de éstas. Va a permitir procedimientos de forma menos engorrosa y a un menor costo, lo que es muy relevante, especialmente en la coyuntura en la que nos encontramos. De esta forma se podrán, en muchos casos, proteger negocios que son viables en términos económicos”.
¿Qué aspecto se destaca?
Otro punto que ambas destacaron es que la nueva normativa extiende la Renegociación de la persona deudora a quienes emiten boletas de honorarios y están con un sobreendeudamiento, integrando con ello a usuarios y usuarias que hasta el momento estaban impedidas de acceder a dicho procedimiento por ser consideradas empresas, implicando que tuvieran como única opción para salir de sus dificultades económicas la Liquidación.
¿Como funciona la renegociación?
El Procedimiento de Renegociación es un trámite administrativo voluntario y gratuito, que no requiere contratar un abogado. En promedio dura 3 meses y se lleva a cabo en audiencias, donde el deudor(a), sus acreedores y un facilitador de la Superir discuten un acuerdo de pago, sin un tribunal de por medio.
¿En qué consiste la liquidación simplificada?
La Liquidación Simplificada, es un procedimiento concursal judicial de carácter universal, administrado por un liquidador concursal, cuyo objetivo es el pago de los acreedores de la MIPE o persona natural con el producto de la venta de los bienes de la empresa o persona. Se solicita en tribunales, por lo que se debe contar con un abogado(a).
¿Cuál es la finalidad?
“Se buscará que el deudor, al solicitar el inicio de este procedimiento concursal, acompañe mayores antecedentes a fin de facilitar la determinación del activo, y obtener una tramitación eficiente y rápida. Asimismo, se eliminarán las Juntas de Acreedores para acelerar el proceso. Y ante la falta de interesados en la adjudicación de los bienes ofrecidos, se establece la posibilidad de venta de muebles en portales electrónicos para obtener mayor recupero”, explicó Javiera Vivanco.
¿Cómo opera la reorganización?
La Ley también creó un nuevo procedimiento concursal simplificado de Reorganización al que podrán acogerse las MIPEs en situación de insolvencia, a fin de asegurar la posibilidad de mantener el empleo, así como las cadenas productivas, evitando arrastrar a proveedores -mayoritariamente micro y pequeñas empresas-, también a la liquidación.
¿Qué se destaca?
“El procedimiento tendrá menos trabas de acceso y menos procesos burocráticos, que permitirán más oportunidades para llegar a acuerdos con los acreedores o vender de manera más rápida y expedita los bienes para volver a reemprender. Con ello, esperamos que con esta reforma más empresas de menor tamaño con problemas de solvencia puedan seguir operando”, agregó la SEREMI de Economía.