13.2 C
Talca
InicioDestacadoEXCLUSIVO: Justicia acogió demanda civil contra ex sacerdote y Obispado de Talca por...

EXCLUSIVO: Justicia acogió demanda civil contra ex sacerdote y Obispado de Talca por caso de abuso sexual

Se trata de Luis Arriagada y de la institución eclesiástica como tercero civilmente responsable

¿Qué resolvió la justicia?

En una sentencia de 76 páginas firmada por el juez, Nelson Lorca, del Primer Juzgado de Letras de Talca, se acogió una demanda civil de indemnización de perjuicios por daño moral en contra de un ex sacerdote y del obispado de Talca por responsabilidad extracontractual, tras un caso de abuso sexual de un menor de 14 años.

¿Cuál fue la denuncia?

Se trata de Luis Arriagada, quien entre los años 2014 y 2015 -cuando ocurrieron los hechos, según acreditó la justicia penal- ejerció como sacerdote en un barrio de la zona urbana de Talca, donde se contactó con una familia que tenía dos hijos, uno de ellos, con participación activa en la parroquia de su entorno vecinal.

En dicho contexto, tal como lo acreditó una sentencia decretada en agosto de 2022 el Tribunal Oral en lo Penal de Talca, tras un juicio que llevó adelante la fiscalía local, el imputado Arriagada perpetró un grave delito de abuso sexual continuado y agravado en contra de esta víctima cuando tenía la edad de 12 y 13 años.

¿Qué ocurrió en materia penal?

Luis Arriagada fue condenado a la pena de cuatro años de presidio menor en su grado máximo que cumplió bajo la modalidad de libertad vigilada especial con supervisión de Gendarmería, además de diez años de medida cautelar de firma trimestral ante Carabineros para actualizar su domicilio particular. A ello se suma la prohibición absoluta perpetua de ejercer oficios o profesiones que lo mantengan en contacto directo con menores de edad.

¿Cuál fue el paso legal siguiente?

La víctima y su familia, esto es, sus padres y su hermano, asesorados por el abogado Francisco Pinochet, acudieron a la justicia civil a través de una demanda.

Allí se exigió una reparación económica a modo de indemnización de perjuicios por daño moral respecto a Luciano Arriagada y, también del obispado de Talca, en la persona del actual obispo, Galo Fernández, por responsabilidad extracontractual. La acción legal se presentó en noviembre de 2022 ante el Primer Juzgado.

¿Cómo culminó el proceso civil?

El tribunal de primera instancia tuvo a la vista los antecedentes documentales y testimoniales de la parte demandante y las dos partes demandadas, esto es, el ex sacerdote y el obispado de Talca, para finalmente dictar sentencia donde acogió la acción legal y estableció una indemnización de $260.000.000

¿Cuál fue el razonamiento del juez?

Junto con dar por acreditada la responsabilidad del ex sacerdote en cuanto al daño moral causado a la víctima y su familia, el juez llegó a la misma conclusión respecto al obispado de Talca, por tener autoridad en la destinación de Arriagada para el ejercicio del sacerdocio en representación de la Iglesia Católica.

Además, esta persona recibió una remuneración por parte del obispado de Talca y tuvo acceso a un sistema de salud. Pero no es lo único, porque el juez también acreditó que el obispado de Talca fue negligente en su deber de adoptar medidas para evitar que ocurran hechos como los que afectaron a la víctima y su familia.

“No puede soslayarse que incluso antes del ingreso al seminario del demandado Arriagada, ya existían algunos antecedentes que, analizados correcta y prudentemente, permitían a quien estuviera en conocimiento de ellos y, fundamentalmente, a sus superiores, adoptar las medidas del caso”, destaca la sentencia.

El fallo agrega que “si el demandado señor Arriagada consiguió ingresar al Seminario y terminar con su formación como sacerdote y ya allí se aludía implícitamente a ciertas situaciones que lo afectaban, evidentemente la institución de la que formaba parte debía adoptar todas las medidas que fueran pertinentes para evitar o tratar de reducir al máximo posible alguna posibilidad de colocar al demandado de que se trata en posición de relacionarse con personas jóvenes y de sexo masculino, pues, como ha quedado patente, los antecedentes daban cuenta de una inclinación hacia ese grupo de personas”.

Luego advierte que “muy por el contrario, al demandado Arriagada se le permitió ejercer su ministerio siempre en contacto con hombres jóvenes e incluso participar activamente del movimiento JUC”.

“Así las cosas, era evidente que la relación de autoridad que tenía el Obispado de Talca para con el señor Arriagada, ejercida de manera adecuada y tomando en consideración todos los antecedentes con que se contaba, era útil para procurar prevenir y muy probablemente impedir el daño que se produjo de manera directa en la persona del demandante e indirectamente en el resto de su familia, lo que lleva a concluir a este sentenciador que se infringió por parte del Obispado de Talca su deber de vigilancia y considerarse -entonces- como tercero civilmente responsable por los hechos en que incurrió el demandado Arriagada mientras mantuvo su ordenación como sacerdote, en particular, los que fueron objeto de condena penal y que sirven de sustento a la demanda civil que motiva estos autos”, concluye el fallo.

¿Qué dice la parte resolutiva?

En la parte conclusiva, la sentencia del juez Lorca condena a Arriagada y al Obispado de Talca a pagar al demandante principal y víctima la suma de $120.000.000, sumando otros $50.000.000 para cada uno de sus padres y $40.000.000 al hermano del denunciante.

¿Qué viene ahora?

A la fecha, tanto los demandantes como las dos partes demandadas presentaron recursos de apelación y el expediente se encuentra listo para ser remitido a la Corte de Apelaciones de Talca. En el primer caso, los demandantes exigen confirmar la sentencia, pero aumentar la indemnización a un total de $320.000.000 atendido el daño moral acreditado en el juicio civil.

Mantente Informado
18,743FansMe gusta
8,343SeguidoresSeguir
2,501SeguidoresSeguir
1,130SuscriptoresSuscribirte
Noticias Relacionadas