
¿Cuál fue la medida cautelar?
Prohibición de salir del país y un plazo de investigación de dos meses para la investigación deberá cumplir un sujeto adulto detenido por Carabineros tras provocar un incendio forestal por uso negligente del fuego.
¿Cuándo y dónde?
Los hechos ocurrieron en horas de la tarde de este domingo 28 de diciembre en la vivienda del imputado ubicada en el kilómetro 17 de la ruta L-126 en el sector rural de Carrizal en la comuna de San Javier.
¿Cuál fue el contexto?
El fiscal de San Javier, Oscar Salgado, con especialidad para investigar estos delitos, explicó que el imputado realizaba faenas de mantención y construcción en la vivienda, en cuyo contexto, prendió fuego utilizando un tambor para efectos de calentar agua y cocinar.
¿Cómo pasó?
El persecutor agregó que, tras ello, el imputado no apagó el fuego de manera efectiva y abandonó la casa para viajar hasta la comuna de Buin, en la Región Metropolitana.
Precisó que, en el camino, fue alertado por vecinos que en su propiedad se había generado un incendio que después se propagó a terrenos colindantes.
Al volver a la casa, el fuego había destruido cuatro mil metros cuadrados de terrenos agrícolas, siendo controlado por la acción de Bomberos y brigadistas de CONAF.
¿Cómo se generó el incendio?
El fiscal destacó que los peritajes de Carabineros permitieron establecer que el tambor donde el imputado había prendido fuego no quedó apagado y, atendido el fuerte viento y las condiciones de calor extremo, las llamas se propagaron en la propiedad del detenido y después a terrenos aledaños.
¿Qué otra decisión?
A petición del fiscal y sin oposición de la Defensoría Penal Pública, la jueza, Karina Honorato, del Juzgado de Garantía de San Javier, programó una audiencia de posible acuerdo reparatorio para el 5 de febrero de 2026.
A su vez, la jueza dictaminó la medida cautelar de prohibición de salir del país, advirtiendo al imputado que debe presentarse a la audiencia de forma obligatoria o bien será objeto de una medida más severa por parte del tribunal.








