¿Cuál fue la decisión de la justicia?
En fallo unánime, la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Talca confirmó el derecho de los hermanos de una víctima de violaciones a los derechos humanos para obtener reparación económica por el daño moral sufrido tras el secuestro y posterior desaparición de dicha persona. Se trata de Fernando Antonio Lara Rojas, técnico agrícola de militancia en el Partido Comunista que fue detenido el 7 de mayo de 1976.
¿Cómo ocurrió la detención?
Según consigna el informe de la Comisión de Verdad y Reconciliación, los hechosm ocurrieron cuando «eses antes, agentes de seguridad habían montado una ratonera en la casa que el afectado compartía con sus hermanas en la ciudad de Talca, sin que lograran detenerlo en esa ocasión. En el proceso a que dio lugar la detención de Fernando Lara, el tribunal ofició a Investigaciones para que remitieran su ficha política, comprobando que su detención se había ordenado en 1975 por la DINA de Colchagua».
¿Cuál es la conclusión de la Comisión Rettig respecto al caso de Fernando Lara?
«La Comisión está convencida de que su desaparición fue obra de Agentes del
Estado, quienes violaron así sus derechos humanos».
¿Quién era la víctima?
Fernando Lara Rojas, de 27 años de edad, era soltero, integraba una familia de diez hermanos y padre de una hija. De profesión técnico agrícola, era dirigente regional del Partido Comunista (PC).
¿Qué estableció la justicia en primera instancia?
El caso fue ingresado al Primer Juzgado de Letras de Talca a través de una demanda civil presentada el año 2018 por los hermanos de la víctima, con patrocinio del abogado, Fernando Leal. Al año siguiente, el juez, Gerardo Bernales, dictó sentencia de primera instancia, ordenando indemnizar a cada demandante con la suma de 80 millones de pesos a modo de reparación por el daño moral.
¿Qué ocurrió después?
Tras la sentencia, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) llevó el caso hasta la Corte de Apelaciones de Talca, solicitando la prescripción de la demanda civil o bien la rebaja de la indemnización económica. En los alegatos realizados en fecha reciente, se presentaron el abogado Leal, por las víctimas, teniendo como contraparte a José Isidoro Villalobos, procurador fiscal en Talca del CDE. Allí el demandante cito fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
¿Quiénes dictaron la sentencia y qué viene ahora?
El fallo de segunda instancia, sin votos disidentes, lleva la firma de los ministros, Hernán González, Wilfredo Urrutia (s) y Jaime Cruces (s). Ahora tras esta sentencia, el CDE tiene un nuevo plazo legal de 10 días para presentar un recurso de casación y llevar el caso hasta la Corte Suprema, para sentencia inapelable y definitiva.