¿Qué va a pasar?
Entre marzo y abril próximo, a petición del Servicio Electoral (SERVEL) del Maule, los juzgados de policía local comenzarán a notificar las multas a aquellas personas que no votaron en el plebiscito de salida realizado en septiembre de 2022 en el contexto del anterior proceso constituyente y que contemplaba voto obligatorio para esa convocatoria a las urnas. Este procedimiento de multa incluye también a los vocales que no cumplieron con su obligación tras ser covocados por el SERVEL.
¿Qué indica la ley?
El Servicio Electoral está obligado por ley a denunciar ante los Juzgados de Policía Local a todos quienes no no concurrieron a sufragar en ese plebiscito. Los Juzgados de Policía Local podrán citarlos, aplicando multas a beneficio municipal de 0,5 a 3 unidades tributarias mensuales (UTM), esto es, entre 30 mil y 180 mil pesos aproximadamente.
¿De qué forma se pueden defender aquellos que son notificados con las multas?
Cuando sean citados por el Juez de Policía Local, podrán acompañar antecedentes o comprobantes que acrediten la causa por la que no pudieron sufragar, entre ellos certificados médicos, pasajes, pasaporte, constancias.
¿Cuáles son las causales de excusa que contempla la ley?
- Enfermedad
- Ausencia del país.
- Encontrarse el día del Plebiscito en un lugar situado a más de 200 kilómetros de aquél en que se encontrare registrado su domicilio electoral. Únicamente en este caso se acredita ante del Juez de Policía local presentando un comprobante de la constancia ante Carabineros realizada el día del Plebiscito.
- Otro impedimento grave, debidamente comprobado ante el juez competente.
- Las personas que durante la realización del Plebiscito Constitucional desempeñen funciones que encomienda el decreto con fuerza de ley Nº 2, del año 2017, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.700, orgánica constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios, se eximirán de la sanción establecida en el presente artículo remitiendo al juez competente un certificado que acredite esta circunstancia.
¿Ante quién acudir para reclamar por la multa?
El juez de Policía Local conocerá las excusas avaladas por la documentación necesaria y decidirá si multar o no al elector.
¿Qué candidaturas fueron rechazadas?
El SERVEL informó que, en su última sesión, el Consejo Directivo emitió resolución sobre las candidaturas declaradas por los partidos políticos y pactos electorales hasta el día 6 de febrero. A su vez, se aceptaron 345 de 348 candidaturas declaradas, rechazando solo tres, ninguna de ellas de la región del Maule.
¿Qué va a pasar?
El rechazo de estas candidaturas genera también la perdida de la paridad de sexo y por consiguiente el rechazo de todas las otras candidaturas del respectivo pacto electoral en la respectiva región, de acuerdo con el artículo 144 de la Constitución Política.