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Las revelaciones de la querella de Cencosud contra juez imputado por hurto

Acción legal contiene un detallado relato de los hechos que llevaron a detener y formalizar por hurto al imputado, así como una copia die la boleta y una fotografía de los objetos que trató de pasar sin pagar por el supermercado Jumbo de Curicó

¿Quiénes firman la acción legal?

Los abogados, Jorge Bell y Felipe Savron, firmaron la querella que la empresa Cencosur, controladora del supermercado Jumbo, presentó en contra de un juez del Juzgado de Garantía de Curicó, cuyo nombre no se puede revelar por orden de la misma justicia, acción legal que fue anexada a la causa que se lleva adelante en dicho tribunal, donde el magistrado en cuestión tiene la calidad de imputado como presunto autor del supuesto delito consumado de hurto.

¿Cuáles son los nuevos antecedentes que trae la querella?

Entre otras, la querella contiene una copia digitalizada de la boleta con el listado y avalúo de los productos que el juez habría pasado sin pagar en las cajas del local. La imagen es la siguiente:

¿Qué otro antecedente?

A la boleta se suma una fotografía de los productos. Se trata de la siguiente imagen:

¿Cómo ocurrieron los hechos?

La querella añade una relación detallada de los hechos investigados por Carabineros y formalizados por la fiscalía de Curicó: «Con fecha 14 de junio de 2022, aproximadamente a las 13:45 horas, en dependencias del supermercado Jumbo, ubicada en Av. O’Higgins N°201, Curicó, Región del Maule (J-592), el querellado de autos, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, sustrajo de su esfera de custodia diversas especies o productos, según el detalle que se expresa en la boleta electrónica inserta con la que se acredita su cuantía, siendo el monto total de lo sustraído $333.506 (trescientos treinta tres mil quinientos seis pesos).-

¿Cómo quedó al descubierto el delito?

Al respecto, la querella relata lo siguiente: «La perpetración del delito se pudo constatar al momento que el querellado traspasó el lineal de cajas y, posteriormente, las paletas de seguridad del local comercial, sin pagar los productos que se dan cuenta precedentemente, por lo que actuó con pleno conocimiento, actitud y determinación para la apropiación de las especies, sin que mediara justificación alguna que lo habilitara para sacar productos de la esfera de custodia de su legítimo dueño».

¿Qué actitud tuvo el imputado antes de pasar los productos por la caja del supermercado?

La acción legal describe lo que se observa en las grabaciones de las cámaras de seguridad del local: «La actitud y determinación del querellado, que solo buscaban la comisión del delito son tan evidentes que no cabe otra posibilidad o escenario. En efecto, al revisar los videos de seguridad del local, relacionados con los hechos materia de la querella, se evidencia que el imputado se desplaza por los corredores del local empujando un carro con bolsas en su interior. Se detiene unos momentos, acomoda productos en el fondo del carro y los ordena de modo que quedan cubiertos por las bolsas».

¿Qué otra acción desarrolla el imputado según la parte querellante?

«El imputado se desplaza por otros pasillos, cogiendo más productos y, por último, pasa por la caja donde solo exhibe al cajero parte de los productos -solo los que llevaba a la vista- pagando un importe parcial y exiguo ($ 95.303), considerando que la mayor cantidad de productos y de precios altos los llevaba ocultos y no los reportó al cajero», relata la acción legal.

¿Cómo fue la detención?

«Cuando el querellado ya había traspasado el sector de cajas sin pagar los productos del hurto y se disponía a abandonar el local, el personal de seguridad dispuesto en el lugar de salida le consulta sobre los bienes o productos que no había pagado y que pretendía llevarse consigo y, en definitiva, es invitado a pasar a la sala de espera mientras llegaba el personal policial el cual había sido llamado en virtud del procedimiento interno dispuesto para estos casos. Así quedó de manifiesto la cuantiosa cantidad de productos materia del delito de hurto», destaca la querella.

¿Cómo se sanciona el delito?

La querella destaca que «los hechos anteriormente descritos, son constitutivos del delito de HURTO, previsto en el artículo 432 del Código Penal, el cual establece: Art. 432. El que sin la voluntad de su dueño y con ánimo de lucrarse se apropia cosa mueble ajena usando de violencia o intimidación en las personas o de fuerza en las cosas, comete robo; si faltan la violencia, la intimidación y la fuerza, el delito se califica de hurto. De igual forma, dicho delito es sancionado conforme al artículo 494 bis del Código Penal, el cual indica: ART. 494 bis. Los autores de hurto serán castigados con prisión en su grado mínimo a medio y multa de una a cuatro unidades tributarias mensuales, si el valor de la cosa hurtada no pasa de media unidad tributaria mensual”.

¿Qué está pasando en la investigación?

A la fecha, el plazo de investigación sigue vigente, al igual que la única medida cautelar aplicada por la justicia en contra del imputado, esto es, prohibición de acercarse al supermercado Jumbo de Curicó, a solicitud de los abogados de esta empresa y no de la fiscalía local.

¿Y el juez imputado volvió a su cargo?

A la fecha, el juez imputado se encuentra con licencia médica por 15 días. En tanto, la Corte de Apelaciones de Talca instruyó un sumario administrativo a cargo del fiscal judicial, Gonzalo Pérez.

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