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Llaman a respetar el derecho a voto de trabajadores ante segunda vuelta electoral

Autoridades regionales informaron que será feriado irrenunciable para malls y strip centers, no así el resto del comercio

¿De qué se trata?

Para garantizar el derecho a sufragio de trabajadores del comercio durante la segunda vuelta de gobernadores de este domingo 24 de noviembre, autoridades regionales informaron las obligaciones que deben cumplir los empleadores.

¿Cuáles son las reglas?

Los malls y strip centers administrados por una sola razón social o personalidad jurídica deberán permanecer cerrados el domingo por corresponder a un feriado legal, obligatorio e irrenunciable. No así el resto del comercio -incluyendo supermercados, grandes tiendas y otros locales no regidos por la situación legal ya descrita- los que podrán funcionar este domingo.

¿Qué dijo el Delegado Presidencial Regional del Maule?

“Es muy importante realizar este proceso de difusión que hicimos en octubre y para esta elección. Se trata de un proceso con voto obligatorio, por lo que deben ir a votar y las y los trabajadores tienen un permiso de hasta tres horas para elegir en qué horario quieren ir a sufragar y se les ha dicho a los propietarios acerca de las multas que se arriesgan si no se cumple esta normativa”, informó Humberto Aqueveque.

¿Qué explicó el director regional del Trabajo del Maule?

Félix Fuentes sostuvo que “este tipo de comercio debe estar cerrado el sábado 23 desde las 21:00 horas hasta el lunes 25 a las 06:00 horas. Los locales comerciales que deben estar cerrados son los que están dentro de los malls o strip centers, los demás pueden abrir”.

¿En qué se focalizarán las fiscalizaciones?

  • No otorgamiento de feriado legal obligatorio e irrenunciable para los trabajadores comprendidos en el numeral 7 del artículo 38 del Código del Trabajo, en aquellos casos en que presten servicios en centros o complejos comerciales administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica. Si se detecta esta situación habrá m Multas de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
  • No otorgamiento de permiso laboral a los trabajadores designados como vocales de Mesas Receptoras de Sufragios, miembros de Colegios Escrutadores o delegados de la Junta Electoral, para quienes los días de la elección no constituyen feriado legal irrenunciable. Si se detecta habrá multas de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
  • No otorgamiento de permiso por tres horas a trabajadores para sufragar. Si se detecta habrá multas de entre 3 ($199.884) y 60 ($3.997.680) UTM, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.
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