¿Cuándo y dónde?
Este martes 27 de febrero personal de la Dirección General de Aguas de la región del Maule notificó y ordenó a la Sociedad Comercial Áridos Los Maitenes la inmediata paralización de labores de extracción de aguas y áridos en el río Maule, sector Queri, en las comunas de San Clemente y Colbún, en función de los artículos 299 ter y 129 bis 2 del Código de Aguas.
¿A qué se debe?
El SEREMI del MOP, Renzo Casas-Cordero, explicó que “esta acción se da en el marco de un proceso de fiscalización de la DGA Maule, originado recientemente a solicitud de la municipalidad de San Clemente, la cual alertó sobre eventuales extracciones de áridos no autorizadas por parte de la empresa, la cual mantiene y opera una planta de extracción y procesamiento de áridos en la zona”.
¿Qué explicaron desde la DGA Maule?
Carolina Ríos, directora regional de Aguas del MOP Maule, indicó que el equipo de fiscalización fue a terreno a verificar la veracidad de la denuncia, observando en el lugar 4 posibles infracciones al Código de Aguas.
¿Que se constató en terreno?
“En dos de ellas se comprobó que constituían infracción, puesto que la empresa no contaba con la autorización para extraer áridos y no tenía derechos de aprovechamiento para extraer aguas, por lo que se determinó notificar a la empresa que debe paralizar la extracción de áridos y aguas en el lugar. Mientras que las otras 2 eventuales faltas, están en investigación”, explicó Ríos.
¿Cuál es la vigencia de la paralización de faenas?
Agregó que esta medida de paralización de faenas regirá hasta el término de la investigación, la cual determinará la totalidad de infracciones cometidas, las medidas correctivas que la empresa fiscalizada deberá aplicar y la sanción monetaria correspondiente, agregó la directora regional de la DGA..
¿Cuál es el fundamento normativo?
Cabe indicar que, sin perjuicio de los procesos de fiscalización en curso, el Código de Aguas faculta a la Dirección General de Aguas, en el marco de sus atribuciones de policía y vigilancia de los cauces naturales de uso público y acuíferos, para ordenar la paralización de obras y labores en dichas fuentes, que no cuenten con los permisos de la autoridad competente, cuestión constada para este caso en particular.
¿Cuál es el impacto ambiental?
Es importante destacar que, en términos generales, las labores de extracción de áridos en cauces naturales de uso público generan una serie de impactos en el cauce mismo, así como en el entorno circundante, pudiendo además afectar obras de captación o infraestructura pública, de ahí que deben estar previamente autorizadas por la Dirección de Obras Hidráulicas y el municipio respectivo.