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Presidio menor para gendarmes condenados por apremios ilegítimos

¿Cuál fue la sentencia?

Presidio menor fueron las condenas decretadas por el Tribunal Oral en lo Penal de Cauquenes en contra de seis funcionarios de Gendarmería quienes, tras un juicio llevado a cabo en los últimos días, fueron declarados culpables como autores del delito de apremios ilegítimos contra internos del Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) de esta misma ciudad. Se trata del segundo juicio realizado en este caso, por cuanto el primero concluyó con veredicto absolutorio, pero la Corte de Apelaciones lo anuló a solicitud de la fiscalía, ordenando esta segunda audiencia con otros magistrados no inhabilitados.

¿Cuál es el primer incidente?

Según establece el veredicto, a partir de los antecedentes probatorios expuestos por la fiscalía y la parte querellante, esto es, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), los jueces dieron por establecidos tres hechos. El primero ocurrió el 11 de abril de 2017 en el módulo cinco del recinto penal, donde los gendarmes procedieron a su desalojo para trasladar a los internos al gimnasio. En ese contexto, uno de los reos quedó bajo la custodia de un sargento primero de Gendarmería y, estando de rodillas al piso, fue agredido por un cabo de esta misma institución, con cuatro golpes de la mano derecha abierta. Luego, otro funcionario penitenciario le propinó una patada con su pierna derecha en el torso a la misma víctima. Finalmente, otro sargento primero también golpeó al mismo reo con su mano derecha abierta, mientras el primer custodio no hizo nada para evitar las agresiones.

¿En qué consiste el segundo hecho?

El segundo hecho se registró el 11 de junio de 2017, en el módulo cuatro del CCP de Cauquenes, donde un suboficial mayor se acercó a un interno y lo agredió con un golpe de puño en el rostro. Ese mismo día, con posterior a este primer incidente, se ordenó reducir a toda la población penal y, estando todos los internos sentados y de espaldas a los gendarmes, un cabo golpeó a uno de los internos con un puntapié.

¿Cuál fue la opinión de los jueces?

Los jueces establecieron que “la afectación a la dignidad de los ofendidos resulta patente, conforme a las máximas de la experiencia, no requiriendo mayores probanzas que lo que se observa directamente en las captaciones fílmicas acompañadas al efecto, puesto que es dable entender que cualquier ser humano puesto en una situación similar -golpeado por la autoridad sin observancia a procedimiento legal alguno- se vería afectado en su dignidad, no apreciando razones plausibles ni legítimas, para entender que las víctimas no gocen de los derechos y dignidad  inherente a todo ser humano y, en concreto, que requiramos mayor prueba del padecimiento en circunstancias que resulta evidente la afectación en su calidad de persona”.

¿Cuál es el reproche legal?

“El dolo, a lo menos eventual o la conciencia de estar actuando con desapego al estatuto que los rige, se desprende de la capacidad plena con la que actuaron los acusados, quienes contaban con más de 15 años de experiencia y, por tanto, conociendo o debiendo conocer el procedimiento legal para el uso de la fuerza en establecimientos penitenciarios. De esta forma, es que hemos entendido que, en la especie, ha resultado acreditado, más allá de toda duda razonable, los elementos del tipo penal consagrado en el artículo 150 D del Código Penal”, añade el veredicto.

¿La decisión del tribunal fue unánime?

Según establece el dictamen, la jueza, Carolina Rojas, fue el voto disidente, por cuanto estuvo por absolver a cuatro de los seis acusados y, respecto de los únicos dos condenados, fue de la opinión de recalificar el delito como vejaciones injustas. En contraparte, los jueces, Carolina Saavedra y Cristian Adriazola, estuvieron por acoger las acusaciones y declararon culpables a los imputados.

¿Y cuál fue la magnitud de las condenas?

Los jueces terminaron por condenar a los cabos de Gendarmería a la pena de 61 días de presidio, pero aumentaron la sanción a 541 días de presidio respecto del suboficial y el sargento primero, por estimar que tienen mayor responsabilidad en relación con su rango en la institución. En todo caso, la pena se cumplirá en libertad, bajo vigilancia del Centro de Reinserción Social (CRS) de Gendarmería y, a la vez, los imputados no podrán ejercer cargos públicos.

¿Qué dijo la fiscalía?

“La fiscalía de Cauquenes llevó a cabo un juicio oral en contra de seis funcionarios de Gendarmería, algunos activos y otros en retiro, por los delitos de apremios ilegítimos en contra de internos del centro de cumplimiento penitenciario de Cauquenes cometidos el año 2017 en dos ocasiones. En el primer juicio oral se dictó veredicto absolutorio y la fiscalía recurrió de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Talca, donde se ordenó realizar un segundo juicio en contra de los acusados. En este segundo juicio se dictó veredicto condenatorio en contra de los acusados La fiscalía contó con la colaboración de Gendarmería a través de sus organismos especializados que llevaron la investigación a lo que se sumó la propia investigación sumaria en contra de ellos”, dijo el persecutor, Francisco Ávila.

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