¿De qué se trata?
Este miércoles 11 de junio vence el plazo de tres días establecidos por ley, para que hagan uso de las excusas los vocales que hayan sido designados por las Juntas Electorales en este rol para las Elecciones Primarias Presidenciales.
¿Cuándo fue la publicación?
Fue el sábado 7 de junio cuando las juntas electorales publicaron en la prensa escrita y el Servicio Electoral en sitio web los listados de personas sorteadas para cumplir esta función durante la elección primaria del 29 de junio con voto voluntario.
¿Cómo fue en Talca?
En el caso de Talca, las juntas electorales números 1 y 2 publicaron esos listados oficiales en Diario Talca, medio de comunicación escrito que cumple con todos los requisitos legales y que tiene circulación regional efectiva.
¿Dónde se puede ver?
Dicha publicación está disponible en el siguiente enlace al igual que el link para consultas en el sitio web del Servel.
¿Dónde hacerlo?
En el caso de Talca urbano o ciudad, además de las comunas de Pencahue y Curepto, la Junta Electoral Talca 1 tiene sede en las oficinas del Conservador de Bienes Raíces ubicado en la esquina de las calles 1 Norte con 2 Oriente.
A su vez, la Junta Electoral Talca 2 tiene sede en las oficinas de la Notaría de Ignacio Vidal ubicada en calle 1 Norte entre 2 y 3 Oriente en el primer piso del Edificio Centro 2000, cuya cobertura corresponde a las comunas de Maule, Pelarco, San Rafael, Río Claro y San Clemente.
¿Cuál es la sanción?
El incumplimiento de esta obligación conlleva sanciones, incluidas multas que varían entre 2 a 8 UTM ($137.000 a $549.000 aproximadamente).
¿Cuáles son las causales legales para las excusas?
1) Haber sido designado miembro de Colegio Escrutador o tener alguna de las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la misma ley:
- Candidatos en la elección
- Sus cónyuges y sus parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive
- Las personas que desempeñen cargos de representación popular.
- Las personas a cargo de trabajos electorales
- Los ministros de Estado, subsecretarios, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales, gobernadores regionales y consejeros regionales; los embajadores y cónsules de Chile.
- Los magistrados de los tribunales superiores de justicia, los jueces que forman parte del Poder Judicial y los de Policía Local.
- Fiscales del Ministerio Público; jefes superiores de servicio y secretarios regionales ministeriales; el Contralor General de la República ni los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública en servicio activo.
- Extranjeros, no videntes, analfabetos.
- Aquellos que hayan sufrido condena por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el sistema electoral público.
2) Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de trescientos kilómetros de su local de votación.
3) Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
4) Tener más de 70 años de edad.
5) Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, situación acreditada con certificado de un médico.
6) Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día de la elección.
7) Gestantes durante todo el período de embarazo. También el padre o madre de un hijo o hija menor de dos años.
8) Estar al cuidado de adultos mayores en situación de dependencia o de personas en situación de discapacidad.
¿Qué viene luego?
El sábado 14 de junio se publicará la nómina de vocales reemplazantes, quienes no cuentan con periodo de excusas.
¿Habrá un pago para los vocales?
El bono por el ejercicio de esta función será de $25.876, monto pagado por la Tesorería General de la República.
¿Cuáles son sus funciones?
Conoce las funciones del vocal en la Cartilla de Instrucciones para Mesas Receptoras de Sufragio en el siguiente enlace al sitio web del Servel.