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Senado aprobó proyecto para prorrogar el teletrabajo en servicios públicos

Texto permite que el 20% de los funcionarios de un servicio puedan trabajar dos días a la semana fuera de las dependencias del servicio

¿Cuál fue el anuncio?

Por 26 votos a favor y uno en contra, la sala del Senado aprobó el proyecto que prorroga por 2024 el teletrabajo en los servicios públicos. La iniciativa era parte de los compromisos adquiridos con los gremios del Sector Público, luego de que la Cámara de Diputadas y Diputados rechazara incluirlo en la ley de reajuste salarial.

¿Que viene ahora?

La iniciativa fue visada, en general y particular, por unanimidad de los miembros de las comisiones de Hacienda y Trabajo y Previsión Social unidas. Ahora, tras la votación de la sala del Senado el articulado pasará a segundo trámite legislativo en la Cámara Baja.

¿Cómo funciona?

En concreto, el texto extiende por 2024 el artículo 66 de la ley n°21.526, que faculta a las jefas y los jefes superiores de servicio de las subsecretarías y de los servicios públicos dependientes de los ministerios o que se relacionen con el Presidente de la República a través de ellos, para eximir del control horario de jornada de trabajo hasta el 20% de la dotación máxima del personal del respectivo Servicio, cualquiera sea su régimen laboral. Dichas personas podrán realizar sus labores fuera de las dependencias institucionales, mediante la utilización de medios informáticos dispuestos por el Servicio.

¿Qué explicaron desde el Ministerio de Hacienda?

“La facultad del jefe de servicio debe considerar el número máximo de funcionarios y funcionarios que pueden acceder a teletrabajo. El acceso del personal a teletrabajo es voluntario, eso también es importante de recalcar. Segundo, las áreas y funciones de la institución tienen que poder ser teletrabajables. En este sentido, hay una distinción importante con el sector privado pues en el Estado hay mucha atención a público, entonces hay una serie de funciones que no son teletrabajables. De ahí la necesidad de que se tenga que evaluar en su propio mérito”, explicó la subsecretaria de Hacienda, Heidi Berner.

¿Cuál es el límite legal?

Esta facultad no podrá exceder del 20% de la dotación máxima de personal del servicio y a quienes se aplique este artículo deberán por otro lado, realizar presencialmente labores en las dependencias institucionales, al menos, tres jornadas diarias dentro de la jornada semanal.

¿Existe legislación complementaria?

Esta norma se complementa con el artículo 102 de la Ley N°21.647, que establece que en la modalidad de teletrabajo los jefes de servicio considerarán como criterios de selección los principios de eficiencia, eficacia y oportunidad del Sector Público, y la contribución para mejorar la calidad de la vida laboral, familiar y personal de los funcionarios, en particular, en lo relativo al cuidado de niños y niñas menores de 14 años de edad, o de una persona con dependencia severa.

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