¿Qué resolvió la justicia?
En un contundente fallo y por unanimidad, el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago determinó que la operación de la granja San Agustín del Arbolito, de propiedad de Agrícola Coexca S.A., ubicada en la comuna de San Javier, región del Maule, se ajusta a derecho y cumple con todas las disposiciones medio ambientales que rigen la actividad, y precisó que las denuncias ciudadanas sobre el otorgamiento de las autorizaciones para su funcionamiento resultaron no ser efectivas.
¿En qué se traduce?
Integrado por los ministros Cristián Delpiano, en calidad de presidente, Alejandro Ruiz y Fabrizio Queirolo, el tribunal otorgó validez a los permisos ambientales con los que cuenta el plantel para su operación, empleando para ello tecnología y equipamiento de última generación, que reducen, de manera significativa, las externalidades de este tipo de instalaciones.
¡Qué dice el fallo respecto del manejo ambiental?
El tribunal confirma que la empresa ha orientado sus acciones en optimizar el manejo ambiental de la granja, respecto de la primera Resolución de Calificación Ambiental, obtenida en el año 2008. Añade que la mejora ambiental consideró la disposición de un biodigestor para el tratamiento de los purines, la instalación y habilitación de un sistema de ventilación forzada y chimeneas en cada uno de sus 24 pabellones, y otras medidas para alcanzar parámetros similares a los establecidos en la norma europea, una de las más exigentes en el mundo.
¿Qué señala el fallo textualmente?
“La suma de los impactos ambientales del proyecto original y aquellos del proyecto de modificación, da como resultado una disminución de éstos, pues el cambio en el sistema de tratamiento de purines permite reducir o eliminar impactos ambientales del proyecto original en materia de olores, constituyéndose en una mejora de su desempeño ambiental”, señala la sentencia.
¿Se reconoce importancia a la instalación del biodigestor?
En efecto, la sentencia consigna que el reemplazo de las lagunas por un biodigestor constituye un cambio ambientalmente positivo y agrega que “la instalación de túneles de ventilación forzada y de chimeneas para la evacuación de gases desde los planteles de crianza de cerdos constituyen medidas que se encuentran entre las mejores técnicas disponibles”.
¿Qué se dice en torno a los reclamos por malos olores?
Asimismo, el tribunal desestima que la operación de la granja genera o presenta un riesgo para la salud de la población, debido a la cantidad y calidad de las emisiones de olor, materia que fue validada por la Subsecretarías de Salud y Medio Ambiente. También, descarta afectación en el humedal “Ciénagas de Name”, distante 17 kilómetros del criadero o sobre el río Purapel.
¿Qué comentó la empresa?
Frente a esta sentencia, el Gerente de Asuntos Corporativos y Sustentabilidad, Carlos Montoya, de Agrícola Coexca S.A., indicó que la decisión de los ministros ratifica que la empresa ha realizado importantes inversiones y se ha preocupado de cuidar el medio ambiente y reducir al máximo sus externalidades, empleando tecnología de alto estándar.
¿Se reconocen los estándares internacionales?
“El tribunal reconoce que existe una mejora ambiental respecto del proyecto original y que repercutirán en menores emisiones de olor. Tanto es así que el tribunal confirma que dicho criadero cuenta con emisiones de olor similares a aquellas que rigen para instalaciones de este tipo en zonas urbanas de países desarrollados en Europa”, señaló.
¿Cuál es la evaluación por parte de Coexca?
El ejecutivo indicó que la sentencia viene a confirmar que la empresa siempre ha actuado apegada a la ley, preocupada de no generar molestias en el entorno, a las personas y cuidando los recursos naturales del sector. “Estamos muy satisfechos con este fallo del Tribunal Ambiental de Santiago. En este momento sólo queremos reiterar el compromiso de la empresa con el desarrollo de las personas, de la región y del país”, concluyó.