¿Qué va a pasar?
Este miércoles 9 de octubre vence el plazo de tres días establecidos por ley para que se excusen los vocales que hayan sido designados por las Juntas Electorales en este rol para las Elecciones Regionales y Municipales del 26 y 27 de octubre,.
¿Dónde hacerlo?
Se debe realizar este trámite por escrito ante la Junta Electoral del domicilio del vocal seleccionado. En el caso de Talca urbano, junto con Curepto y Pencahue, se trata de las oficinas del Conservador de Bienes Raíces de Talca, en calle 1 Sur con 2 Oriente; y respecto a las otras comunas de la provincia de Talca, con excepción de Constiutución, el trámite se debe realizar en la Notaría Vidal en calle 1 Sur, entre 2 y 3 Oriente.
¿Cuántos son a nivel país?
Son 200.070 las personas que deberán ejercer el cargo de vocal y 4.910 el de miembro de Colegio Escrutador, cuya nominación fue publicada el pasado sábado.
¿Cuál es el pago que reciben si aceptan?
El bono por el ejercicio de esta función será de $25.290 por día (2/3 de UF), alcanzando un total por sobre los 50 mil pesos para quienes trabajen durante ambos días de votación. Monto pagado por la Tesorería General de la República. En tanto, los miembros de Colegio Escrutador percibirán los mismos 2/3 de UF.
¿Cuáles son sus obligaciones y funciones?
Los vocales deberán concurrir el día viernes 25 de octubre a los locales de votación que les correspondan para constituir las mesas y aquellos que ejerzan por primera vez recibirán una capacitación y por asistir a ella percibirán una suma de 0,22 UF. Conozca las funciones del vocal en la Cartilla de Instrucciones para Mesas Receptoras de Sufragios acá
¿Cuáles son las sanciones si no se presentan a sus labores?
Los vocales que no puedan cumplir con su deber tienen la oportunidad de presentar excusas ante la Junta Electoral correspondiente. Sin embargo, es importante destacar que el incumplimiento de esta obligación conlleva sanciones, incluidas multas que varían entre 2 a 8 UTM.
¿Cuáles son las causales de excusas?
- Estar ausente del país o radicado a una distancia de más de 300 kilómetros.
- Tener más de 70 años de edad.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día de la elección.
- Embarazadas.
- Ser padre o madre de un hijo o hija menor de dos años. Si ninguno de ellos tuviera el cuidado personal, quien lo tenga podrá excusarse acreditándolo debidamente.
- Estar al cuidado de un adulto mayor en situación de dependencia o de una persona en situación de discapacidad, circunstancia que deberá ser acreditada a través de una declaración jurada notarial, mediante constancia en Carabineros de Chile, o por un certificado en que conste esta calidad.