
He leído con gran interés la columna de Franco Caballero «Sospecha del presidencialismo». Antes de entrar en materia, quisiera valorar profundamente que este tipo de reflexiones, de alto nivel y con perspectiva histórica, se estén dando en nuestro medio regional. Nos hace falta este «aire fresco» intelectual, y uno esperaría ver a nuestros actores políticos locales más involucrados en estas discusiones de fondo, que superan la contingencia del día a día.
Tomando el guante que nos lanza Franco sobre la crítica de Kelsen y la concentración del poder, quisiera aportar una perspectiva complementaria desde nuestro derecho constitucional. Para entender nuestra realidad actual, creo indispensable revisitar los textos del profesor Humberto Nogueira Alcalá, quien fuera por años Decano de nuestra Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales en la Universidad de Talca. Su mirada lúcida nos ayuda a desentrañar por qué el diseño político chileno sigue siendo tan problemático.
Si bien la Constitución de 1925 ya presentaba rasgos presidencialistas, el verdadero punto de inflexión, y aquí coincido con la sospecha de Franco sobre la figura del «pequeño dios», ocurre con el diseño de 1980. Como bien ha explicado el profesor Nogueira, allí se transitó desde un sistema de dominio legal flexible a uno de «dominio máximo legal». ¿Qué significa esto en simple? Que se restringieron los temas que deben ser materia de ley, abriendo una puerta gigantesca para la potestad reglamentaria autónoma del Presidente.
Jaime Guzmán diseñó este esquema pensando en un «traje a la medida» para Augusto Pinochet: un sistema donde el Presidente pudiera gobernar amplias zonas de la vida nacional mediante decretos supremos, sin necesidad de pasar por el Congreso. Si nuestra historia reciente desde 1990 ha sido estable, es porque hemos tenido la fortuna de contar con mandatarios con vocación republicana que han optado por no usar este traje en toda su extensión autoritaria. Pero el diseño está ahí, intacto. Como advertía Nogueira, un presidente que quisiera ejercer esas facultades al límite (imaginemos hipotéticamente un liderazgo decidido a saltarse la deliberación parlamentaria) encontraría en la propia Constitución las herramientas para hacerlo.
Finalmente, comparto la frustración respecto a las oportunidades perdidas. El profesor Nogueira ha sido un histórico defensor de avanzar hacia un régimen semipresidencial como forma de contrapesar el poder y evitar los ciclos de crisis. Lamentablemente, la propuesta de la Convención Constitucional no logró moderar el presidencialismo; por el contrario, lo mantuvo e incluso amenazó con exacerbarlo al eliminar contrapesos históricos a la figura presidencial, como el Senado de la República. Fue una lástima que la opción semipresidencial fuera desechada tan temprano por la alianza táctica entre el PC y la derecha en la Convención.
Queda abierta la invitación a seguir debatiendo, ojalá con la altura de miras que Franco ha puesto sobre la mesa, sobre cómo avanzar en reformas de fondo a nuestro sistema político, poniéndolo a la altura de los desafíos que tenemos como país.
Rodrigo Poblete Reyes
Abogado
Profesor de Derecho Constitucional
Concejal de Talca








