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Vuelco judicial en caso de carabinero formalizado por supuesto maltrato a detenido en Talca

Juzgado de Garantía sustituyó la medida cautelar de prisión preventiva y la fiscalía aceptó fijar audiencia para un posible suspensión condicional de la investigación

¿Qué resolvió la justicia?

A petición de la defensa particular, sin oposición de la fiscalía pero con la opinión en contra del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) como parte querellante, el Juzgado de Garantía de Talca aceptó decretar la libertad y sustituir la medida cautelar de prisión preventiva que afectaba desde fines de abril pasado al sargento de Carabineros, Cristian Antonio Sepúlveda Prieto, luego que fuera formalizado por el supuesto delito de apremios ilegítimos contra un detenido de 17 años, hecho que habría ocurrido al interior de la Subcomisaría Carlos Trupp de esta ciudad.

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¿Qué medidas cautelares se aplicaron?

En sustitución de la prisión preventiva, el imputado permanecerá bajo tres medidas cautelares, esto es, firma semanal en el Juzgado de Garantía de Talca, prohibición de salir del país y prohibición de acercarse a la víctima que, actualmente, tiene residencia en el centro CTD Entre Silos de Talca.

¿Qué otra medida determinó el tribunal?

A petición de la misma defensa y también sin oposición de la fiscalía, la jueza, Marta Asiaín, programó para el 9 de agosto una audiencia de salida de suspensión condicional, dejando citado al imputado, su defensa, la fiscalía, la parte querellante, el imputado y su representante legal.

¿Cuándo ocurrió?

Los hechos se remontan al 29 de abril, cuando el sargento de Carabineros fue formalizado por el supuesto delito de apremios ilegítimos, ocasión en que la fiscalía solicitó la medida cautelar de prisión preventiva, siendo concedida por el tribunal y que se cumplió en la Segunda Comisaría de San Clemente.

¿Qué resolución determinó el alto mando de Carabineros?

En paralelo, la Prefectura de Carabineros de Talca instruyó una investigación administrativa y, como medida temporal, dispuso la suspensión de funciones del imputado.

¿Qué antecedentes se tuvieron en cuenta para modificar la medida cautelar?

Al respecto, el abogado, Mauricio González, defensor particular del imputado, sostuvo que «fue relevante el contexto en que ocurren estos hechos. Se trata de un funcionario policial de 24 años de servicio, con una hoja de vida impecable en toda su carrera. Por ello, resulta extraño que de un momento a otro ocurran estos hechos. El contexto es que este sujeto, el ofendido que tiene calidad de adolescente, se opone al cumplimiento del protocolo de seguridad, esto es, la entrega de los cordones de sus zapatos, porque amenazaba con ahorcarse si era ingresado a lo calabozos».

¿Qué ocurrió en la Subcomisaría Carlos Trupp?

«En ese momento, el detenido intentó tomar una tijera desde el escritorio de la guardia y ahí fue inmovilizado por mi representado. Actúan otros tres funcionarios y el sujeto les lanzó escupos y patadas. Luego, intentó pegarle dos cabezazos a mi representado, incluso lo muerde y le pega dos puntapiés. En ese escenario, se producen estos hechos. Se le tomó del pelo, pero fue para inmovilizarlo. De hecho, mi representado dice que incluso trató de quitarle el arma a uno de los carabineros. Todo esto quedó grabado en un video de seguridad, a lo cual, se sumaron las declaraciones de los otros carabineros», afirmó el defensor.

¿Por qué estaba detenido el adolescente?

Al respecto, Mauricio González destacó que «el menor es infractor de ley y fue detenido porque agredió al director del centro donde está internado y a otros dos funcionarios. Y actualmente sigue privado de libertad en ese lugar».

¿Qué ocurre con el delito formalizado por la fiscalía?

En este punto, el defensor explicó que «el tipo penal formalizado exige que la conducta del funcionario sea equivalente a un grado menos de tortura, pero en este caso, estamos hablando -a nuestro juicio- del uso de fuerza racional y necesaria para poder contener al sujeto que estaba absolutamente descontrolado. Por eso la propuesta de la fiscalía de llegar a una suspensión de la investigación y no llegar a juicio oral o juicio abreviado».

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