
¿Qué decidió la justicia?
A solicitud de la abogada y oficial de justicia de la Séptima Zona Maule de Carabineros, María Esperanza Cruz, la Corte de Apelaciones de Talca declaró como reservado y omitió del libre acceso a través de la página web del Poder Judicial, respecto del informe que entregó la institución policial donde debía justificar y detallar todos los antecedentes que llevaron a decretar la medida disciplinaria de pase a retiro de un médico que ejercía como teniente del escalafón de sanidad y que trabajaba en el Centro de Salud Familiar (CESFAM) de la institución policial, luego que fuera denunciado por dos jóvenes aspirantes a carabineras y que, en consecuencia, la fiscalía de Talca abriera una investigación por el supuesto delito de abuso sexual con contacto.
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¿Por qué se pidió el informe?
Ocurre que el facultativo, con asesoría de un abogado, presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Talca, después que fuera notificado del resultado de un sumario administrativo que terminó con un decreto supremo emitido por el Ministerio del Interior, a petición del alto mando de Carabineros, donde se oficializó la sanción. Dicha acción legal fue acogida a tramite por el máximo tribunal regional, donde se pidieron informes a Carabineros y al Ministerio del Interior. Además, se acogió la solicitud del recurrente en cuanto a dictaminar una «orden de no innovar» que, en forma temporal, paralizó los efectos prácticos del decreto supremo, hasta que se emita sentencia.
¿Qué antecedentes trae el documento?
Por solicitud de la abogada de Carabineros, el contenido del informe está vedado al conocimiento público. Para justificar esta medida, se entregaron tres argumentos: que se trata de un caso con investigación penal en curso; que se trata de hechos de posible connotación sexual; perjudicar los derechos de las víctimas y del médico aludido. En todo caos, el certificado de «subida» del documento a la página web del Poder Judicial indica que cuenta con numerosos anexos, entre ellos, copias de las denuncias, notificaciones y antecedentes probatorios asociados al sumario administrativo. En todo caso, se desconoce si la defensa letrada del recurrente tendrá o no acceso a dicho informe.
¿Qué viene ahora?
A la fecha, falta que llegue otro informe solicitado al Ministerio del Interior. Una vez tenidos a la vista estos antecedentes, la Corte de Apelaciones debe sortear sala y fijar fecha para alegatos, convocando a todas las partes en litigio. Luego, se dictará sentencia de primera instancia, por cuanto puede ser apelada ante la Corte Suprema.