¿De qué se trata?
Se trata de un recurso de protección que fue presentado por dos abogadas, a nombre de un numeroso grupo de personas, en su mayoría migrantes, que están ocupando los departamentos vandalizados en los edificios de cinco pisos de la etapa IX de la Villa Las Américas, en el barrio norte de Talca.
¿Qué ocurrió con estas personas?
A fines de diciembre pasado y dando cumplimiento a sucesivos anuncios, el Ministerio de Vivienda comenzó un proceso de intervención en los edificios, correspondiente a la notificación y ejecución del desalojo, entendiendo que se trata de una toma ilegal de un bien de propiedad estatal. Para ello, los funcionarios del MINVU Maule contaron con apoyo y respaldo operativo de Carabineros, en coordinación con la Delegación Presidencial Regional.
¿Qué viene después?
Tras el desalojo, el MINVU procedió a inhabilitar la primera torre, esto es, a retirar las escaleras, puertas ventanas, así como los sistemas de agua y luz eléctrica. Luego, viene la etapa de demolición de los edificios, para dar paso a la construcción de un nuevo conjunto habitacional destinado a las familias que originalmente ocupaban dichos edificios, pero que los desocuparon cuando fueron dados de baja por daños estructurales tras el terremoto de 2010. A ello se suma la construcción del Parque Canal de la Luz, para otorgar valor al espacio público.
¿Y qué buscan los recurrentes?
Las abogadas patrocinantes explicaron que, con esta acción legal, buscan que se dicte una «orden de no innovar» a fin de paralizar temporalmente todo el proceso. Luego, le piden a la justicia que fije un plazo de un año para que el MINVU gestione medidas de reubicación de los ocupantes de los edificios en soluciones habitacionales, sin importar si se trata de migrantes, muchos de ellos, en condición irregular.
¿Qué respondió la justicia en Talca?
Al respecto, la primera sala de la Corte de Apelaciones de Talca declaró inadmisible dicha acción legal, por estimar que no se configuraban derechos constitucionales afectados por parte de los recurrentes. A ello, las abogadas de los recurrentes contestaron con un recurso de reposición y apelación en subsidio, esto es, primero que el mismo tribunal de alzada talquino revise y modifique su decisión, declarando admisible el recurso de protección. Y, en caso contrario, proceder a dar curso a la apelación y elevar todos los antecedentes a la Corte Suprema.
¿Qué ocurrió?
La abogada, Daiann López, una de las juristas que representa a los recurrentes, confirmó que la Corte de Talca rechazó la reposición, es decir, confirmó su decisión de inadmisibilidad del recurso de protección. Pero a la vez, dio curso a la apelación y despacho la carpeta virtual a la Corte Suprema. Así lo confirmó Diario Talca al constatar que el máximo tribunal chileno recepcionó el expediente y le asignó un rol, todo lo cual, fue debidamente certificado.
¿Qué viene ahora?
Tras ello, las partes en litigio tienen plazo legal para acreditar poder en la causa, esto es, no solo las partes denunciantes, sino también las partes recurridas, es decir, el MIMVU Maule, la Delegación Presidencial Regional y la municipalidad de Talca. Tras ello, la causa se podrá ver previos alegatos o bien derechamente en cuenta ante los ministros y abogados integrantes.