¿Cuál fue la decisión del máximo tribunal chileno?
En fallo dividido, la segunda sala de la Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado a favor del desaforado diputado independiente por Talca, Francisco Pulgar, quien se mantiene en prisión preventiva desde el 19 de febrero en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Cauquenes.
¿Cuál es su situación judicial?
Pulgar fue formalizado por la fiscalía de Talca como presunto autor de dos delitos de violación contra una menor de edad supuestamente ocurridos el año 2014 en la comuna de San Clemente, tras lo cual, el Juzgado de Garantía de Talca decretó su ingreso a la cárcel por constituir un peligro par la víctima y la sociedad, lo cual fue posteriormente ratificad por la Corte de Apelaciones de Talca
¿Cuál fue la reacción de la defensa?
El abogado, Álvaro Pérez, defensor particular de Pulgar, tras el rechazo de su recurso de apelación, presentó un recurso de amparo ante la misma Corte de Apelaciones de Talca, solicitando que las decisiones judiciales que decretar y confirmaron la medida cautelar fueran declaradas como ilegales y arbitrarias, por supuestas irregularidades en las reglas del debido proceso que afectaron la libertad del imputado, por lo cual, concluye solicitando que se decrete su libertad.
¿Cuál fue la decisión de primera instancia?
La primera sala de la Corte de Apelaciones de Talca declaró inadmisible el recurso de amparo por estimar que no se puede revisar una decisión adoptada por el mismo tribunal de alzad, descartando también un posterior recurso de reposición y enviando la carpeta judicial electrónica a la Corte Suprema en virtud de un recurso de apelación.
¿Y qué resolvió la Corte Suprema?
El máximo tribunal chileno revirtió la decisión de la Corte de Apelaciones de Talca en los siguientes términos:
«Vistos y teniendo únicamente presente:
Que del texto del recurso aparece que la situación descrita constituye uno de los supuestos previstos en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, en cuanto se alude a una presunta afectación a la libertad personal del amparado, por lo que su mérito deberá decidirse al conocer del fondo de la acción deducida, se revoca la sentencia apelada de 24 de febrero de 2024, dictada por la Corte de Apelaciones de Talca en el Ingreso de Corte N° 161-2025, por la cual se declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta, y en su lugar se dispone que aquélla es admisible, debiendo una sala no inhabilitada de la Corte de Apelaciones antes señalada darle la tramitación que en derecho corresponda, a fin de pronunciarse derechamente sobre el amparo deducido».
¿Cómo fue la sentencia?
Se trató de un fallo dividido en la segunda sala de la Corte Suprema, donde las ministras María Teresa Letelier y Jessica González votaron en contra, teniendo a favor los votos del ministro Manuel Antonio Valderrama y los abogados integrantes Pía Tabolari y Eduardo Gandulfo.
¿Qué pasó después en la Corte de Apelaciones de Talca?
Tras el fallo de la Corte Suprema y una vez devuelto el expediente a la Corte de Apelaciones de Talca, su presidente, Moisés Muñoz, dictaminó lo siguiente:
«Cúmplase, pase la presente causa a la Sala respectiva de esta Corte a objeto de dar cumplimiento a lo ordenado por la Excma. Corte Suprema, la que deber ser vista por tribunal no inhabilitado».
¿Quiénes han dictado sentencia?
El recurso de amparo en cuestión fue declarado inadmisible en la primera sala encabezada por el ministro titular, Hernán González, junto al ministro suplente, Jaime Cruces, y la abogada integrante, Daniela Wadia. A su vez, el rechazo de la reposición tuvo a los mismos dos ministros titular y suplente, sumando al abogado integrante, Eduardo De La Vega.
¿Hay ministros inhabilitados?
Según consigna un acta firmada por el relator, Eduardo Domínguez, dos ministros titulares de la Corte de Apelaciones de Talca se declararon inhábiles para dictar sentencia en el Caso Pulgar, esto es, Gerardo Bernales que manifestó inhabilidad por amistad declarada con familiares del imputado y Moisés Muñoz (actual presidente de la Corte) que dijo tener implicancia por haber «tenido conocimiento de los antecedentes que motivan la presente causa con mucha anticipación».
¿Qué dijo el abogado defensor?
Álvaro Pérez manifestó que «se deberá revisar la posible ilegalidad y arbitrariedad de la privación de libertad que afecta al diputado y esperamos tener sentencia favorable». Un dato anexo es que la defensa ha argumentado un «complot político» como principal hipótesis ante los tribunales de Talca.
¿Qué viene ahora?
Este lunes 10 de marzo la Corte de Apelaciones de Talca deberá pone en tabla el recurso de amparo y conformar una sala no inhabilitada, convocando a alegatos y posterior sentencia.