
¿Qué va a pasar?
El periodo de excusas para los vocales de mesa que no puedan cumplir su labor comienza este lunes 27 y concluye el miércoles 29 de octubre en forma presencial o por correo electrónico ante la Junta Electoral que corresponde al domicilio del elector.
¿Cuáles son lsa juntas electorales?
En el caso de Talca existen dos juntas electorales: número 1 de Talca urbano, además de las comunas de Pencahue y Curepto.
Y la Junta Electoral Talca 2 que tiene como jurisdicción las comunas de Pelarco, Maule, San Rafael, Río Claro y San Clemente.
La Junta de Talca 1 funciona en las oficinas del Conservador de Bienes Raíces de Talca y la Junta de Talca 2 en las oficinas de la Notaría Vidal, ambas ubicadas en calle 1 Norte.
¿Cuáles osn las causales de exclu
Las causales de excusa, que pueden ser acreditadas ante la Junta Electoral respectiva, son las siguientes:
1) Haber sido designado miembro de Colegio Escrutador o tener alguna de las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la misma ley, que son las siguientes:
–Candidatos en la elección.
-Sus cónyuges y sus parientes consanguíneos o afines en toda la línea recta y en la colateral hasta el segundo grado inclusive.
-Las personas que desempeñen cargos de representación popular.
-Las personas a cargo de trabajos electorales.
-Los ministros de Estado, subsecretarios, delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales, gobernadores regionales y consejeros regionales; los embajadores y cónsules de Chile.
-Los magistrados de los tribunales superiores de justicia, los jueces que forman parte del Poder Judicial y los de Policía Local.
-Fiscales del Ministerio Público; jefes superiores de servicio y secretarios regionales ministeriales; el Contralor General de la República ni los miembros de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública en servicio activo.
-Extranjeros, no videntes, analfabetos.
-Aquellos que hayan sufrido condena por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el sistema electoral público.
2) Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros de su local de votación.
3) Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende esta ley.
4) Tener más de 70 años de edad.
5) Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, situación acreditada con certificado de un médico.
6) Cumplir labores en establecimientos hospitalarios el día de la elección.
7) Gestantes durante todo el período de embarazo. También el padre o madre de un hijo o hija menor de dos años.
8) Estar al cuidado de adultos mayores en situación de dependencia o de personas en situación de discapacidad.
¿Qué viene después?
La lista de vocales reemplazantes se conocerá el 1 de noviembre, y quienes no acudan a cumplir su rol de vocal por ley deben ser denunciados por Servel ante los Juzgados de Policía Local, que pueden aplicar multas que van desde 2 a 8 U.T.M. ($138.000 a $554.000 aproximadamente).
¿Y en el caso del voto?
La presidenta del Consejo Directivo de Servel, Pamela Figueroa, destacó que el voto para estas Elecciones dentro del territorio nacional es obligatorio, mientras que en el exterior es voluntario.
Y en el caso de los ciudadanos que votan en Chile quienes no concurran a votar se exponen a multas de entre 0,5 a 1,5 UTM. (entre $34.000 y $103.000 aproximadamente), mientras para los extranjeros el voto es voluntario.
¿Qué comentó la presidenta del Consejo Directivo de Servel?
“Desde el Servicio Electoral hemos desarrollado un importante trabajo para el voto informado, tanto a través de las campañas y medios de comunicación como en los contenidos que estamos publicando constantemente entre nuestras redes sociales. Todos estos esfuerzos y esta campaña, que se mantendrá hasta la fecha de las elecciones, apuntan a que llegue información oficial y fidedigna al mayor número de personas posibles y lograr un proceso informado y participativo”, añadió Pamela Figueroa.








