
¿Quién es la víctima?
Se trata de Jerónimo Pérez Aravena, de 18 años, soltero, estudiante de Enseñanza Media, detenido desaparecido el 29 de junio de 1985 en San Javier, provincia de Linares.
¿Cómo ocurrió?
Según consigna la sentencia, a partir de antecedentes verificados por la Comisión de Verdad y Reconciliación, «la mañana del 29 de junio, Jerónimo Pérez salió del domicilio familiar a juntarse con un grupo de amigos para salir a cazar conejos. Como llegó atrasado a esta cita, emprendió solo el mismo camino que, según le indicaron, un rato antes había iniciado el grupo; sin embargo, no llegó a reunirse con ellos y desde entonces se desconoce su paradero».
¿Qué acciones realizó la familia?
«Según declaración de la madre, mientras realizaba diligencias para ubicarlo, un desconocido que se le acercó en la vía pública le advirtió que su hijo se encontraba detenido, sin darle más antecedentes. La familia presentó una denuncia por presunta desgracia y después, una querella por los delitos que se configuraran por la desaparición, ante el Primer Juzgado del Crimen de San Javier», señala el documento.
¿Qué pruebas se reunieron?
«En esta investigación consta la declaración de una persona que aseguró que, por intermedio de un informante de un organismo de seguridad, se había enterado de que Jerónimo Pérez había sido detenido por carabineros de civil que patrullaban la vía férrea que cruza la localidad, en un sector donde dos días antes había detonado un artefacto explosivo. Esta versión fue ratificada por otras declaraciones prestadas en el proceso. Sin embargo, aquel testigo se desdijo posteriormente de lo que había asegurado al Tribunal. Esto habría ocurrido por temor, según lo declaró judicialmente la familia, pues después de haber declarado esa persona por primera vez en el Tribunal, se ausentó de su domicilio por varios meses», precisa.
¿Cuál fue la conclusión?
El informe destaca que «considerando los antecedentes reunidos en la investigación efectuada por esta Corporación, el Consejo Superior llegó a la convicción de que Jerónimo Jonadac Pérez Aravena fue detenido por agentes del Estado y desapareció mientras se encontraba en calidad. Por tal razón, lo declaró víctima de violación a los derechos humanos».
¿Qué otra acción legal se llevó a cabo?
La familia de la víctima, con representación del abogado, Fernando Leal, presentó una demanda civil exigieron reparación por daño moral a favor de los padres de la víctima, acción legal que se tramitó en el Cuarto Juzgado de Letras de Talca, donde fue acogida y se dictaminó un monto de $100 millones atendida la responsabilidad del Estado de Chile en casos de violaciones a los derechos humanos por acción e agentes policiales.
¿Qué pasó después?
Con posterioridad, tras apelación del Consejo de Defensa del Estado (CDE), el caso llegó a manos de la Corte de Apelaciones de Talca, en específico, de la tercera sala, donde se escucharon alegatos de las partes en litigio y, finalmente, se dictó sentencia de segunda instancia, confirmando el fallo del Cuarto Juzgado con declaración de que el monto de la indemnización por daño moral fue incrementado a la suma de $150 millones para cada una de las víctimas.
¿Quiénes dictaron la sentencia?
La tercera sala fue presidida por el ministro, Gerardo Bernales, junto al fiscal judicial, Gonzalo Pérez, y la abogada integrante, Carolina Araya.
¿Qué viene ahora?
Tras ello, el CDE tiene plazo legal para presentar un eventual recurso de casación y, con ello, elevar el caso hasta la Corte Suprema para sentencia definitiva y de última instancia judicial.