¿Qué resolvió la justicia?
A petición de la fiscalía y por estimar que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, el Juzgado de Garantía de Talca decretó la medida cautelar de prisión preventiva en contra del imputado, Mario Antonio Campos Rojas, como autor del grave delito de manejo en estado de ebriedad causando muerte.
¿Cuándo y dónde ocurrió?
Citando un informe elaborado por la SIAT de Carabineros de Talca, la fiscalía estableció que los hechos se registraron a las 11:10 horas del pasado 5 de mayo en la ruta K-635, en el kilómetro 19.800, en la comuna de San Clemente.
¿Cómo ocurrió?
La fiscal, María Lorena González, explicó en audiencia judicial que, según el peritaje de la SIAT, el imputado conducía una camioneta Nissan Terrano y lo hacía en manifiesto estado de ebriedad, por cuanto el posterior examen de alcoholemia arrojó que presentaba 2,36v gramos por mil de alcohol en la sangre. En dichas circunstancias, la SIAT estableció que Mario Antonio Campos Rojas perdió el control del móvil y se pasó a la pista contraria, colisionando un vehículo menor de manera frontal.
¿Cuáles fueron las consecuencias?
En este contexto, falleció el conductor del auto menor, de nombre Víctor José González Ibarra, mientras el acompañante del chofer de la camioneta resultó con lesiones de mediana gravedad que obligaron a su rescate por Bomberos y posterior traslado al hospital de Talca en ambulancia SAMU.
¿Qué antecedente fue clave para decretar la medida cautelar?
La fiscal argumentó que, junto con al gravedad del delito formalizado, también consta que el detenido registra una condena previa. Por su parte, la Defensoría Penal Pública se opuso a la medida cautelar, pero finalmente el juez, Humberto Paiva, dispuso el ingreso del detenido a al cárcel de Talca bajo prisión preventiva, limitando en tres meses el plazo de la investigación.
¿Qué viene ahora?
A la fecha, la defensa del imputado se encuentra con plazo vigente para presentar un recurso de apelación y solicitar que la Corte de Apelaciones revise y, eventualmente, revoque la medida cautelar de prisión preventiva. Para ello, la defensa cuenta con diez días corridos a partir de la fecha de la audiencia de formalización.