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Querellante contra diputado Pulgar: «Nuestro objetivo es hacer justicia»

Habla abogada Ayleen Castro que representa a la denunciante en esta investigación penal

¿Qué resolvió la justicia?

Dos decisiones adoptó el Juzgado de Garantía de Talca respecto a la investigación por denuncia de un supuesto acto de connotación sexual contra una menor de edad donde el imputado no formalizado es el actual diputado independiente por Talca y Curicó, Francisco Pulgar. Se tarta. en primer lugar, de tener por comunicada la decisión de la fiscalía de no formalizar la investigación por existir diligencias y pendientes, así como rechazar la solicitud de la Defensoría Penal Pública que buscaba sobreseer el caso criminal por falta de antecedentes. Esta última decisión podría ser apelada llevando el caso hasta la Corte de Apelaciones de Talca. Tras ello, Diario Talca entrevistó a la abogada Ayleen Castro que tiene calidad de querellante en la investigación. Los detalles de la audiencia se explican en la siguiente noticia publicada por Diario Talca:  Fiscalía de Talca se negó a formalizar por ahora al diputado Francisco Pulgar

¿Como evalúa las dos decisiones adoptadas hoy por el tribunal? ¿Son avances o retrocesos?

«Evaluamos positivamente las decisiones adoptadas por parte del tribunal, especialmente en lo relativo a desestimar la solicitud de sobreseimiento definitivo de la causa, pues entendemos que no se verifica en los hechos la causal invocada por la defensa, ya que la responsabilidad penal del querellado se encuentra vigente, y siendo los hechos relatados en la querella constitutivos de crimen y no encontrándose prescrita la acción penal, no sería procedente poner término al procedimiento, dejando a la víctima sin una investigación de los hechos denunciados y sin la posibilidad de acreditar la culpabilidad del querellado mediante un procedimiento racional y justo.
Por otro lado, el hecho de que el ministerio público no haya formalizado la investigación a la fecha, no es razón suficiente para estimar que dicha circunstancia pone fin a la responsabilidad penal del denunciado, pues dicha actuación es facultativa para el ente persecutor, el que según la normativa vigente la podrá efectuar cuando lo considere oportuno, más aún considerando que al día de hoy existen diligencias de investigación pendientes que pudieran aportar antecedentes nuevos para la prosecución del juicio y para acreditar la responsabilidad del querellado.
A su vez, tampoco nos encontramos en la etapa procesal pertinente para efectuar dicha solitud, ya que la causa aún no ha sido formalizada, por lo que creemos que fue procedente desestimar el sobreseimiento definitivo».

¿Es cierto eso que planteo el fiscal que la víctima recién ahora habría recordado cuál es posiblemente el sitio del suceso?

«El año pasado, con fecha 1 de diciembre del 2021, esta parte ingresó la solicitud al Ministerio Público para que pudiera investigar el sitio del suceso, indicando expresamente dirección y ubicación geográfica del mismo, en atención a los nuevos antecedentes aportados por la víctima, diligencia que fue rechazada en su oportunidad, teniendo como motivo la ‘falta de precisión en relación a la diligencia en concreto y el motivo o necesidad de la realización de dicha diligencia’, por lo que la víctima recordó hace más de 9 meses el sitio del suceso».

¿Que responde a los dichos de la defensa de que habría una campaña de desprestigio en contra del imputado?

«No nos vamos a referir a dicha campaña ya no es de nuestra competencia la información que los medios de comunicación puedan difundir o las consideraciones personales de quienes efectúan dichas campañas, sino que, muy por el contrario, nuestra labor es netamente jurídica, pues nuestro objetivo es poder hacer justicia y acompañar psicológicamente a la víctima y a su familia. Cualquier tipo de connotación que se le de a la presente causa, ya sea de índole mediática o política no nos compete y no nos interesa».

¿Qué viene ahora? ¿Es apelante la decisión del tribunal de no sobreseer la investigación? ¿Y si lo fuera la van a defender en tribunales superiores?

«En contra de la resolución que rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo efectuado por la defensa, es procedente el recurso de apelación. En caso de interponerse dicho recurso esta parte se hará parte del mismo, haciendo las alegaciones que sean pertinentes en su oportunidad».

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