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Víctima de baleo quedó tetrapléjico y autor recibió 8 años de cárcel

¿Que resolvió la justicia?

En fallo unánime y tras acoger los antecedentes probatorios expuestos por la fiscalía, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Talca condenó al imputado, Patricio Alejandro Valenzuela Verdugo, como dos delitos de homicidio simple en grado de consumado y tenencia ilegal de arma de fuego, cuya víctima fue una persona que sufrió secuelas graves e irreversibles.

¿Cuáles fueron los hechos?

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que, en horas de la noche, del 11 de julio de 2018, “(…) la víctima M.A.R.M., se encontraba a bordo de un taxi colectivo en las inmediaciones de las calles 2 Oriente con 13 ½ Norte B, de villa La Paz, Talca, llegó al lugar un vehículo desde el que desciende el acusado PATRICIO ALEJANDRO VALENZUELA VERDUGO, quien premunido de un arma de fuego tipo pistola –la que portaba sin contar con autorización– procedió a efectuar diversos disparos en contra de la víctima con el propósito de darle muerte».

¿Qué ocurrió con la víctima?

El tribunal acredito que «producto de ello resultó con una fractura de la vértebra cervical C5 y una fractura expuesta del antebrazo izquierdo, lo que le provocó una tetraplejia post traumática derivada de la fractura cervical y sección medular, que de no mediar intervención médica oportuna y eficaz, le hubiese provocado la muerte”.

¿Qué otra sanción?

En el ámbito civil, el tribunal acogió la demanda deducida y condenó a Valenzuela Verdugo a pagar una indemnización de $30.000.000 por concepto de daño moral a la víctima.

¿Cuál fue el contexto?

Según la declaración del imputado, previo al incidente a bala, su vehículo fue incendiado afuera de su domicilio, donde culpó a la víctima y lo salió a buscar, hasta que lo encontró enla calle y le disparó. Por su parte, la víctima relató que no tuvo relación en el incidente, pero que efectivamente tenía cuentas pendientes con el detenido.

¿Cuál fue la sanción?

En la parte resolutiva, el tribunal decretó lo siguiente_

«I.- Que SE CONDENA al acusado PATRICIO ALEJANDRO VALENZUELA VERDUGO, ya individualizado, como autor del delito frustrado de homicidio simple de M.A.R.M., cometido en esta ciudad el día 11 de julio de 2018, a la pena de CINCO AÑOS Y UN DÍA de presidio mayor en su grado mínimo, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.
II.- SE CONDENA a VALENZUELA VERDUGO, como autor del delito consumado de porte ilegal de arma de fuego, cometidos el día 11 de julio de 2018, a la pena de TRES AÑOS Y UN DIA de presidio menor en su grado máximo, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena».

¿Cómo se cumplirá la sanción?

«Atendida la extensión de las penas impuestas, el sentenciado deberá cumplirlas efectivamente privado de libertad, en un centro de detención dependiente de Gendarmería de Chile, Se abonará al cumplimiento de las penas un total de 2.048 (dos mil cuarenta y ocho) días, por el tiempo que el acusado estuvo privado de libertad por esta causa», indica la sentencia.

¿Qué pena había exigido la fiscalía?

La fiscalía había exigido un total de 14 años de cárcel efectiva, por ambos delitos, pero el tribunal rebajó la sanción. La sentencia lleva la firma de los jueces Wilfredo Urrutia, Juan Pablo Nadeau y Jorge Gutiérrez. La parte acusadora estuvo a cargo del fiscal, Juan Pablo Alcaíno, junto al abogado querellante particular, Carlos Soto, y el defensor penal privado, Luis Sepúlveda.

¿Qué viene ahora?

Tras la sentencia, las tres partes en litigio tienen plazo legal hasta 10 días para presentar un recurso de nulidad ya sea ante la Corte de Apelaciones de Talca o la Corte Suprema. Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el Tribunal Oral dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas del sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

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