¿De qué se trata?
Suman y siguen las reacciones tras las decisiones adoptadas en dos instancias judiciales en cuanto a decretar la libertad de un sujeto que fue formalizado por uno de los seis casos de homicidios registrados entre octubre y noviembre en Talca, en específico, por el que ocurrió en la madrugada del sábado pasado en la Población José Miguel Carrera, en el barrio norte de Talca, cuya víctima fue un sujeto de 32 años.
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Corte de Apelaciones de Talca confirmó libertad de imputado por homicidio
Tribunal se negó a decretar prisión por homicidio en el barrio norte de Talca
¿En qué se fundamentó esta decisión?
En primera instancia, la jueza, Isabel Salas, del Juzgado de Garantía de Talca, determinó que existían más antecedentes probatorios a favor que en contra del imputado, específicamente, que apuntaban a una posible circunstancia eximente parcial de responsabilidad penal, como es la legítima defensa de terceros, en específico, de una persona que antes del homicidio había sido asaltada en las afueras de su domicilio, quien sindicó como responsable a la víctima del asesinato. A ello se agregan circunstancias atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración con la investigación, por lo cual, estimó que si es condenado podría optar al cumplimiento en el medio libre. Dicho criterio fue posteriormente confirmado por la Corte de Apelaciones de Talca.
¿Qué comentó el abogado defensor del imputado?
Joaquín García, abogado jefe de la Defensoría Penal Pública de Talca, fue el encargado de representar al imputado en la primera audiencia. Tras conocer el fallo de la Corte de Apelaciones de Talca que confirmó la libertad del imputado, sostuvo que «nos parece muy importante que el tribunal nos haya dado la razón, en términos de que la prisión preventiva no siempre es el mejor remedio y que debe considerarse como la última medida».
¿Qué aspectos especiales tiene este caso?
«Se trata, más allá de los hechos, de una persona que tiene irreprochable conducta anterior, quien antes de 24 horas de ocurrido el hecho, ya había confesado, a través de su hermana, por su condición de sordomudo. mostrando su disposición de ponerse a disposición de la justicia. A ello se suman otras circunstancias atenuantes de responsabilidad que pudiéramos invocar», afirmó.
¿Cuál es el tema de fondo?
«Creo que lo más trascendente del asunto es que se valore la libertad de una persona, por sobre la aplicación mecanicista de la prisión preventiva. No solo se puede decretar por la gravedad del delito o la pena que tiene asignada por ley, sino que hay que considerar -como lo han hecho dos tribunales en este caso- las circunstancias particulares de los hechos y la persona que está involucrada», añadió Joaquín García.